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LUCHA ANTITERRORISTA

La Audiencia excarcela a seis miembros de Ekin detenidos por orden de Garzón

Es la segunda vez que el tribunal contraviene las decisiones del juez sobre el aparato político de ETA

La Audiencia Nacional ha ordenado la libertad bajo fianza de 5 millones de pesetas de los 6 últimos presuntos miembros del aparato político de ETA-Ekin, que permanecían en prisión aunque ha admitido que "la existencia de una relación de Ekin con la kale borroka no está desprovista de sustento".

En un auto notificado hoy, la sección cuarta de la Sala de lo Penal de este Tribunal asegura que "los indicios explicados y expuestos de relación de Ekin con la kale borroka justifican una imputación penal, pero no el mantenimiento de la prisión provisional".

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Las personas que quedan en libertad bajo fianza de cinco millones de pesetas son Juan María Mendizábal, Jaime Iribarren, Paul Asensio, Peio Jon Sánchez Olatz Egiguren y la ex portavoz de Harrai Ane Lizarralde, todos ellos procesados por su pertenencia al aparato político de ETA.

Vinculación ETA-EKIN

El pasado 4 de abril, esta misma sala ya dispuso la puesta en libertad de otros siete supuestos miembros de EKIN encarcelados en septiembre de 2000 por orden del juez Baltasar Garzón, en una resolución en la que afirmaba que "no existe documento alguno, atribuido a ETA o a EKIN, que permita establecer, de forma directa, la existencia de tal vinculación entre ambas organizaciones".

Ahora, el tribunal dice que "es criterio de esta sala que no debe descartarse la existencia de indicios razonables sobre una asunción por parte de los responsables de EKIN, en el marco de lo que es la operancia propia de la organización, de promoción de actuaciones de kale borroka".

Los magistrados llegan a esta conclusión a través del análisis de la documentación que obra en la causa y, especialmente, de las declaraciones policiales y judiciales del responsable del gune (núcleo) de EKIN en Bergara (Guipúzcoa) Xabier Arregi Imaz.

Arregi, detenido el pasado mes de marzo, aseguró que "dependiendo del momento político, en los niveles superiores de EKIN se realiza la lectura de la situación y se adoptan las medidas necesarias", y añadió que "al menos en dos ocasiones ha recibido instrucciones sobre la respuesta y se encargó de transmitirla a Aitor Zabarte", de quien dijo que integraba un grupo de kale borroka.

La sala reconoce que en el sumario se manifiesta "una sospecha racional de que la organización EKIN, como estructura, podría no ser completamente ajena a los actos de kale borroka, lo que revelaría utilización de formas delictivas en la estrategia operativa de la organización" y que, por ello, las imputaciones que Garzón hizo a los detenidos "tendrían fundamento".

"Sin embargo", añade, "no puede olvidarse que Arregi no especifica en qué consistieron esas respuestas encargadas por él a Aitor Zabarte, ni tampoco cuáles fueron los hechos concretos en que Aitor Zabarte materializó esa respuesta, ni cuáles fueron las situaciones políticas que determinaron la adopción de medidas por parte de los niveles superiores de EKIN".

Para el tribunal, "la inconcreción no puede ser mayor y conlleva la imposibilidad tanto de valorar la conducta como de verificar la realidad de las imputaciones realizadas".

Como en resoluciones anteriores, la sala critica la instrucción realizada por Garzón e insiste en que ni los autos dictados por éste desde abril ni la documentación examinada ahora permiten "inferir una relación de dependencia entre EKIN y ETA o relaciones de los recurrentes con ETA o miembros de la banda a las que se supeditase su presunta actuación en EKIN".

También aluden al caso de Xabier Alegría, puesto en libertad por Garzón el pasado mes de junio, sobre el que dicen que no entienden "qué diferencias existen entre los seis recurrentes" y éste, lo que unido a la "indefinición patente" de las declaraciones de Arregi les lleva a concluir que los indicios "justifican una imputación penal, pero no el mantenimiento de la prisión provisional".

El auto está firmado por los magistrados Carlos Cezón, que ha actuado como ponente, Juan José López Ortega y Carlos Ollero, si bien este último ha advertido hoy que ha suscrito la resolución "por imperativo del artículo 260 de la Ley Orgánica del Poder Judicial" y ha anunciado un voto particular por discrepar de sus compañeros.

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