Cambio de sexo y boda
EL MINISTERIO de Justicia ha autorizado por primera vez que una transexual, nacida varón, contraiga matrimonio con un hombre. Esta decisión, precedida de una resolución judicial favorable, da una respuesta administrativa satisfactoria al drama humano de una persona que no se identifica con el sexo con el que nació y fue registrada oficialmente, y que se ha sometido a complejas intervenciones quirúrgicas para cambiarlo. Sin duda es un avance en el camino hacia la normalización de los transexuales.
La directora general de los Registros y del Notariado, Ana López-Monís Gallego, ha tenido la sensibilidad y el sentido práctico suficiente para no 'dejar las cosas a medio camino', como ella misma ha razonado en su resolución, y autorizar el matrimonio con un hombre de una persona cuyo cambio de sexo de varón a mujer había sido judicialmente declarado. Para ello, ha confirmado la decisión del juez encargado del Registro Civil en Melilla y ha desestimado el recurso interpuesto por el ministerio fiscal, atrincherado en una supuesta jurisprudencia limitadora del matrimonio 'a personas de distinto sexo biológico'.
A la directora general no le han faltado argumentos constitucionales para fundamentar una decisión que representa un avance jurídico indudable. Desde el principio de la dignidad de la persona y el libre desarrollo de su personalidad hasta una concepción de la familia y del matrimonio alejada de esquemas estrictamente procreativos y sacramentales, la Constitución tiene suficientes elementos para superar la vacilante línea doctrinal mantenida en esta materia por el Supremo, reacio a reconocer al transexual aptitud para contraer matrimonio, y permite 'que una decisión judicial declare la capacidad del transexual para contraer matrimonio'. Confirmada esa decisión por la máxima autoridad del Registro Civil, el cambio de sexo puede terminar ya en boda.
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