El Gobierno da marcha atrás y autorizará tirar a vertederos reses muertas y materiales de riesgo
Un borrador de orden ministerial corrige y relaja los estrictos decretos de 'vacas locas'
La nueva norma que el Gobierno ha remitido a las autonomías regula los 'supuestos excepcionales de incineración e inhumación' de reses muertas y de materiales de riesgo. En el preámbulo, el borrador de orden ministerial justifica este nuevo cambio normativo para las ocasiones en las que 'no resulta posible la adopción de las medidas previstas' en el decreto del 22 de diciembre. Desde el Gobierno se argumenta que esta norma intenta responder a las múltiples y variadas presiones que están recibiendo de las comunidades autónomas, que se quejan de la 'imposibilidad' de cumplir los decretos de noviembre y diciembre. Añaden que la norma intenta evitar que cada autonomía actúe por su cuenta y se den casos, como el de Cantabria, por ejemplo, en el que el Gobierno autonómico autoriza enterramientos en la propia granja.
El Ejecutivo admite así el incumplimiento de estas normas dictadas a final de año y que ahora el borrador de orden ministerial, elaborado por los ministerios de Agricultura y Medio Ambiente, corrige. Para ello, en su artículo 2, la nueva norma contempla tres supuestos excepcionales: que no haya una planta de tratamiento de MER 'disponible u operativa' o 'suficientemente cercana'; que los animales muertos o los MER 'se encuentren en lugares de muy difícil acceso' o 'en islas que carezcan de plantas de transformación de MER'; o que las reses hayan muerto 'en el contexto de lucha y erradicación de la enfermedad' y el volumen de materiales de riesgo sea 'desproporcionado en relación con los medios disponibles' para su eliminación.
Excepcional
Estos tres 'supuestos excepcionales' cubren la práctica totalidad de las situaciones que se están planteando en la actualidad. Sólo hay nueve plantas de tratamiento de materiales de riesgo en España (ver gráfico), están todas en la Península, y las que tienen mayor capacidad de transformación de materiales de riesgo en harinas inertes están muy alejadas de las zonas en las que se concentra la cabaña bovina, aunque, en total, tienen capacidad suficiente para procesar todos los MER.
La capacidad de transformación de las plantas de Galicia (Sugasa) y Castilla y León (Rebisa), por ejemplo, es muy limitada y ambas se han visto salpicadas por escándalos. La planta de Asturias (Proygrasa) también es pequeña. En Cantabria no hay. Las de Rioja (Grainsa) y el País Vasco (Garmesa) tienen trabajo bastante con lo que produce su territorio. Y en Aragón tampoco tienen una planta transformadora para la cabaña del Pirineo. A cambio, la capacidad de la planta de transformación de MER de Cataluña (Grefaesa) es diez veces superior a la gallega.
El problema es, pues, geográfico. Hay que trasladar las reses muertas a las plantas transformadoras. La de Valencia (Canet, pues S. Levantinas aún no ha empezado a funcionar) procesa sus MER, los de Murcia y parte de los de Aragón y Andalucía. En esta última autonomía, así como en Extremadura y Castilla-La Mancha, se deben trasladar, además, a la planta de Madrid. Y en las islas no tienen a donde.
Para cubrir ese desequilibrio geográfico, Agricultura propone a las autonomías su nueva norma. El problema es que la orden ministerial da al traste con las estrictas exigencias dictadas por el Gobierno hace un mes para regular la destrucción de los MER y las vacas muertas.
Ahora, con el objetivo de cubrir 'supuestos excepcionales', el Gobierno autorizará la quema de los materiales de riesgo o de los cadáveres en 'instalaciones de incineración de despojos y cadáveres animales'. Esto contraviene lo dispuesto en el decreto del 24 de noviembre que, en su artículo 5, calificaba los MER de 'residuos peligrosos' y, por tanto, sólo permitía quemarlos en incineradoras industriales autorizadas. Ahora valdrá cualquiera.
Aún más, cuando 'no exista la posibilidad de incineración directa', el borrador de orden ministerial permite su 'inhumación en vertederos autorizados'. Aquí la orden ministerial llega a su máxima laxitud. La autorización del vertedero dependerá de la comunidad autónoma y sólo tendrá que cumplir dos requisitos: 'Encontrarse a distancia suficiente de todo núcleo de población' y 'no encontrarse cerca de un acuífero, arroyo o manantial'. La norma no detalla cuánto es una 'distancia suficiente' de la población ni tampoco a cuántos metros equivale estar 'cerca' de un acuífero.
La Junta de Extremadura criticó ayer el borrador de esta nueva norma. Su vicepresidente, Carlos Sánchez Polo, aseguró que el Gobierno, con estos supuestos excepcionales, más que intentar resolver un problema, parece que quiere 'regionalizarlo', informa Efe. La directora general de Salud Pública y Consumo, Dolores Flores, sin embargo, señaló a Servimedia que 'si hay que autorizar enterramientos, se hará con las máximas garantías para la salud de los ciudadanos'.
Jordi Sevilla, secretario de política económica del PSOE y coordinador del comité de crisis de este partido sobre las vacas locas, aseguró ayer que 'resulta inaceptable que el mismo ministro que firmó en diciembre el decreto que establece el programa de vigilancia y control de la EEB rubrique ahora esta orden'. Sevilla recordó que el Gobierno ya tuvo que rectificar la regulación de los certificados veterinarios que acababa de promulgar 'y ahora, vuelve a tener que rectificar otra norma que lleva poco más de veinte días en vigor'.
Esta información ha sido elaborada con la colaboración de Gerard Bagué, Rosa Biot, Leonor García, Francisco Sarria y Javier Cuartas.
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