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Ninguna empresa se ha acogido a la ley navarra de apoyo a las 35 horas en su primer año de vigencia

El acuerdo para la reducción de jornada y el aumento del empleo fijo firmado en 1999 fue calificado de 'históricos' y 'pionero', ya que, por vez primera, una patronal española consensuaba un sistema de acercamiento incentivado a la jornada de 35 horas en la negociación colectiva de las empresas privadas. El Parlamento foral ratificó los incentivos convirtiéndolos en ley con los votos de UPN y CDN y la oposición de la izquierda, que la consideró descafeinada respecto a sus propias opciones.

Sin embargo, la inmediata reacción del Gobierno del PP, que decidió el 25 de junio interponer un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) contra los incentivos navarros, echó por tierra todas las virtualidades del acuerdo. En su primer año de vigencia ninguna empresa se ha acogido a los incentivos, pere a que su aplicación no ha sido suspendida por el TC.

El pasado 16 de enero los responsables económicos del Gobierno de UPN expresaron en Madrid al Ejecutivo central su intención de reabrir las conversaciones con los agentes económicos y sociales para analizar los nulos resultados de la ley recurrida y calibrar qué cambios se podrían introducir para conseguir la retirada del ahora único recurso fiscal existente en los tribunales contra una norma fiscal navarra.

Durante 1999, el Gobierno de Navarra, la patronal y los dos principales sindicatos de la región negociaron un acuerdo para reducir jornadas, aumentar plantillas y reordenar el tiempo de trabajo. El resultado se plasmó en un triple eje de ayudas para las empresas que incorporasen a sus convenios colectivos fórmulas de reparto del empleo. En concreto, recibirían un millón de pesetas de bonificación en la cuota del Impuesto de Sociedades por cada empleo fijo que crearan como consecuencia de una reducción de jornada mínima del 5% en los dos años de aplicación de la ley, 2000 y 2001, lo cual supuso duplicar la ayuda existente. Además, se elevaba al 25% el porcentaje de deducción de las inversiones en activos fijos para las empresas que, mediante la reducción de jornada, aumentasen el empleo fijo al menos un 3% y se establecía la libertad de amortización de los activos empresariales, tanto los existentes como los de nueva adquisición.

En junio pasado, el Consejo de Ministros recurrió el artículo 5 de la ley. Dejó intacta la deducción del millón de pesetas, pero cuestionó todo lo demás, excepto la libertad de amortización para el inmovilizado nuevo, por sus presuntos 'efectos discriminatorios' para otras empresas nacionales. El Gobierno central no se opuso a que se levantase la suspensión de la ley recurrida para permitir su entrada en vigor en la fecha prevista a pesar del recurso. Los servicios jurídicos del Ejecutivo navarro, en sus alegaciones al Constitucional, defendieron que las tesis de la Administración central carecían de rigor y conducirían 'a la desaparición del régimen fiscal navarro'.

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