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El PSOE reclama garantías sobre la inviolabilidad de los correos electrónicos

Un fallo autoriza la apertura de la correspondencia de un empleado

Rosario G. Gómez

Los correos electrónicos deben tener las mismas garantías de seguridad e inviolabilidad que las llamadas telefónicas. Ésta es una de las propuestas claves de la moción presentada por el portavoz socialista en la Comisión de la Sociedad de la Información y del Conocimiento, Félix Lavilla. La iniciativa, que se debate hoy en el pleno del Senado, insta al Gobierno a presentar, en el plazo de tres meses, un paquete de medidas a través de las cuales se garantice el derecho de todos los españoles a la intimidad e inviolabilidad de sus comunicaciones a través del correo electrónico, tanto en el ámbito laboral como en el privado.Los socialistas reclaman también un plan de seguridad de las comunicaciones telemáticas y de los correos que circulan por el ciberespacio. Para ello, harán constar la necesidad de diseñar "normativas mundiales" que preserven la intimidad y la libertad de los ciudadanos a la hora de mandar o recibir correos por la Red. Para garantizar estos derechos, Lavilla pedirá al Gobierno que actúe coordinadamente con otros países.

Sin embargo, la legislación europea está lejos de ser homogénea. El Reino Unido ha autorizado a los empresarios a vigilar el correo electrónico y las llamadas telefónicas de sus empleados. El objetivo de este espionaje es comprobar si las comunicaciones que efectúan los trabajadores se refieren o no a cuestiones laborales. Indagar en el correo privado no exige el consentimiento del trabajador.

Secretos

En el polo opuesto se ha pronunciado la justicia francesa. Una sentencia del Tribunal Correccional de París condenó este mes a tres altos cargos de la Escuela Superior de Física y Química Industrial de París por violación del secreto de la correspondencia electrónica al interceptar mensajes recibidos o enviados por un estudiante. Según esta sentencia, un correo electrónico es como uno convencional, una "correspondencia privada" protegida por el derecho al secreto de las comunicaciones postales.Los jueces españoles parecen estar más cerca de los británicos que de los franceses. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia en la que considera procedente el despido de un empleado de un banco que durante cinco semanas envió 140 correos electrónicos, según informó ayer La Vanguardia. La sentencia considera probado que el empleado utilizaba el correo electrónico para fines personales en horario laboral. La empresa había prohibido expresamente esas prácticas.

Félix Lavilla remarca la diferencia: "Una cosa es que la empresa pida responsabilidades por el uso indebido de un bien de su propiedad y otra el acceso a una información que pudiera ser personal"; y advierte de que abrir un correo electrónico privado puede ser inconstitucional. En este sentido, rerecuerda que escuchar conversaciones particulares es un delito recogido en el Código Penal.

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