El proyecto del Ejecutivo, más restrictivo que el de la UE
La necesidad de homologar la legislación española sobre inmigración a las normas de la Unión Europea, como consecuencia de la desaparición de las fronteras interiores y para evitar que España se convierta en un "coladero", ha sido el argumento central con el que el Gobierno ha justificado su contrarreforma de la Ley de Extranjería aprobada en diciembre de 1999.Precisamente por eso sorprende que el texto remitido al Parlamento se aparte, en sentido restrictivo, de la propuesta de directiva sobre el derecho a la reagrupación familiar elaborada por la Comisión Europea en diciembre pasado.
Dicha propuesta extiende este derecho a los hijos mayores de edad de los residentes extranjeros, siempre que su situación personal no les permita vivir dignamente separados de sus progenitores. Por el contrario, el texto del Gobierno limita este derecho al cónyuge del residente extranjero y a sus hijos, naturales o adoptados, siempre que sean menores de edad; así como a sus ascendientes, cuando dependan económicamente del residente.
La directiva de la Comisión Europea permite reagrupar también a la pareja de hecho, pero sólo "si la legislación del Estado miembro en cuestión asimila la situación de las parejas no casadas a la de las casadas", lo que no sucede todavía en España.
Una vez que se apruebe la directiva, su contenido será de obligado cumpliento para España, por lo que las restricciones impuestas en la nueva ley podrían quedar pronto desbordadas.
En todo caso, el Parlamento Europeo ha hecho notar que la directiva es un mínimo común denominador y que nada impide a los estados miembros de la UE ofrecer a los inmigrantes condiciones más favorables para la reagrupación familiar que las previstas en la misma.
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