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Condenada a 4 años una madre por la muerte de su hija en un incendio

Ludopatía

Una vecina de Gijón, Ana María D. G., que se encontraba jugando en un bingo cuando su hija de cinco años murió asfixiada en su casa a causa de un incendio, ha sido condenada a cuatro años de prisión por un delito de imprudencia grave con resultado de muerte. Los hechos ocurrieron la noche del 23 de septiembre de 1998. Las dos hijas de la mujer, de 12 y 5 años, se quedaron a solas en casa, iluminándose con velas porque la compañía eléctrica había cortado el suministro de energía por impago. Una vela cayó al suelo y originó un incendio en el hogar. La menor falleció por asfixia. La mujer también deberá indemnizar a su ex marido, Fidel Ignacio P. R., padre de las niñas, con seis millones de pesetas. La pareja se había separado seis meses antes de la tragedia.Ana María D. G. disponía de unos ingresos mensuales de unas 135.000 pesetas procedentes de su propio trabajo y de la pensión alimenticia que le abonaba su ex marido. No obstante, la vivienda familiar carecía de teléfono y de suministro eléctrico por impago de los recibos. La carencia de luz en la casa obligaba a las niñas a iluminarse con velas mientras la madre acudía al bingo. Este hecho fue determinante en la tragedia, según el Juzgado de lo Penal número 2 de Gijón. Para la sentencia, "es evidente que esta situación de penuria no obedece a dificultades económicas originadas en una causa de fuerza mayor, sino en la afición de Ana María D. G. por el juego del bingo, pues consta que en los meses de junio a septiembre de 1998 la acusada contabilizó 89 entradas en salas de bingo de Gijón, aunque ella misma afirma que durante ese periodo las visitó unas doscientas veces".

La sentencia desecha la atenuante de ludopatía diagnosticada por el forense, ya que "la defensa apenas llega a alegarla y esta circunstancia no ha privado a la acusada de su conocimiento y deliberada voluntad, como en el informe médico se indica".Tampoco "la tragedia que ha vivido la acusada (...) fue producto de un lamentable accidente, ni siquiera de lo que en el lenguaje vulgar se llama mala suerte", sostiene la juez María del Rosario Fernández Hevia, para quien "el resultado dañoso era algo más que previsible y por ello evitable mediante la aplicación de un mínimo de sentido común y de prudencia".

"La acusada provocó la muerte de su hija con su falta de diligencia, al crear un riesgo que sólo podía tener como desenlace lo que sucedió", agrega el fallo. El tribunal estima que "la muerte de su hija Esther ha representado para la acusada un dolor profundo, pero la relación de causalidad entre su conducta, que se ofrece a los ojos de esta juzgadora como tremendamente egoísta, y el resultado fatal producido, unido ello a la falta de sentido moral de culpabilidad de la que hizo gala la acusada a lo largo de la sesión del juicio oral, exigen un pronunciamiento punitivo".

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