Más que una reforma
El Gobierno de Aznar tiene prisas por sacarse la espina de la Ley de Extranjería, aprobada con su frontal oposición al término de la anterior legislatura pero con la que coqueteó durante buena parte de su tramitación parlamentaria para complacer a sus entonces especialmente valiosos socios de CiU, patrocinadores de la iniciativa legislativa. Prueba de ello es que se ha puesto como plazo el 30 de junio para remitir a las Cortes el texto del nuevo proyecto de ley, dado a conocer el miércoles al conjunto de fuerzas políticas.A tenor del borrador conocido, el próposito del Gobierno trasciende los límites de una reforma de la apenas estrenada Ley de Extranjería. Se trata, en la práctica, de una nueva ley, en su letra y en su espíritu, que nada tiene que ver con la vigente desde el 1 de febrero. De no ser así, ¿tendría sentido proponer modificaciones en 56 de sus 63 artículos? El Gobierno, como de costumbre, ofrece consenso, pero bajo condiciones leoninas difícilmente aceptables. De momento, su borrador ha merecido el rechazo frontal de las fuerzas políticas de la oposición, incluido el PSOE, y la aceptación más o menos resignada o gratificada por parte de las más próximas como CiU y Coalición Canaria. Desde sectores de la Iglesia también se contempla con inquietud la reforma del Gobierno.
Seguramente existen aspectos de la actual ley de Extranjería que deben ser mejorados e incluso eliminados. Algunos coinciden con las preocupaciones más sentidas por el Gobierno. Puede diferenciarse más nítidamente el marco legal de los inmigrantes en situación irregular -llegados a España en muchos casos legalmente y que esperan regularizarse- y el de los ya regularizados. ¿Pero puede dejarse a los primeros ayunos de derechos políticos básicos como los de reunión y sindicación o que supongan algún tipo de prestación social y económica? El delegado del Gobierno para la Inmigración dice que conservan derechos básicos como el de respeto a la vida y la integridad física. ¡Faltaría más! ¿O acaso se les podría matar o apalear? El Tribunal Constitucional se las vería y desearía para hacer distingos tan finos como los que aventura el borrador del Gobierno respecto de los derechos fundamentales de la persona.
Es posible también que sea excesivo el control judicial sobre actos en principio propios del Gobierno. Es el caso de la concesión de visados. Pero ¿puede dejarse indefensos ante su expulsión inmediata a inmigrantes que esperan cumplir las condiciones de regularización o que incluso han iniciado contactos con la Administración para arreglar sus papeles? Habrá que hilar muy fino para que las facultades discrecionales del Gobierno sobre el control del movimiento migratorio se atengan a las reglas del Estado de derecho y no vulneren derechos básicos o establezcan absurdos y lesivos agravios comparativos entre inmigrantes.
Las fuerzas políticas tendrán mucho que debatir si este primer borrador del Gobierno llega finalmente a las Cortes. Trasciende en él una actitud de sospecha generalizada frente al inmigrante que rompe el principio de buena fe que rige las relaciones de la Administración con cualquier ciudadano. En algunos puntos es especialmente mezquino: ¿por qué razón el llamado silencio administrativo, que la ley interpreta de forma positiva para el común de los ciudadanos, adquiere carácter negativo en el caso de los inmigrantes? No se alcanza a ver qué relación pueda haber entre este tipo de medidas, claramente discriminatorias, y el objetivo de crear cauces legales y sociales capaces de ordenar pacíficamente la entrada y la integración en la sociedad española de los inmigrantes que lleguen a nuestro país en los próximos años.
El proyecto de Ley de Extranjería conocido es un serio retroceso. En aras de la seguridad, que prima sobre cualquier otra consideración, introduce restricciones de muy dudosa constitucionalidad. Desde esa perspectiva, la oferta de consenso es sólo un ejercicio de propaganda. España no puede hacer tabla rasa de una experiencia histórica de emigración ni olvidar sin más que, aún hoy, son más los ciudadanos españoles que residen fuera del territorio español que los inmigrantes con residencia legal.
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