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Recordando lo evidente

Una proposición no de ley no es una manifestación de voluntad del Parlamento, sino únicamente la expresión de una opinión de la Cámara. El Parlamento expresa su voluntad mediante la aprobación de la ley o mediante la votación de la investidura, de la moción de censura o de la cuestión de confianza. Únicamente en estos supuestos existe una manifestación de voluntad y, justamente por eso, únicamente en estos supuestos la decisión parlamentaria tiene efectos jurídicos.Pido perdón a los lectores por empezar la columna de esta manera. Pero es que son tantas las tonterías que se han dicho antes y durante la sesión parlamentaria de la Cámara andaluza celebrada esta semana acerca de la proposición no de ley sobre el nombramiento del director de la RTVA, que me ha parecido oportuno recordar lo evidente.

Pienso que la designación parlamentaria de los directores de todas las radios y televisiones públicas es mucho mejor que la designación gubernamental. A la vista de la importancia que tienen dichos medios de titularidad pública en la formación de la opinión pública y de la influencia que pueden tener en la formación de la voluntad del cuerpo electoral, creo que tal designación parlamentaria debería venir impuesta por la Constitución y por los Estatutos de Autonomía, como ocurre con el Defensor del Pueblo o con los magistrados del Tribunal Constitucional o los vocales del Consejo General del Poder Judicial. En mi opinión, es materia constitucional y estatutaria y no simplemente legislativa.

Creo que cualquier ciudadano sabe perfectamente que la designación del director de RTVE tiene mucha más transcendencia para el funcionamiento de nuestro sistema político que la designación del Defensor del Pueblo. Y no parece lógico, en consecuencia, que para la elección de este último se exija la mayoría parlamentaria de tres quintos, mientras que la designación del director de RTVE se deja en manos del Gobierno. Lo mismo vale para las comunidades autónomas.

Pero el hecho es que ni la Constitución ni los Estatutos han contemplado la designación parlamentaria de los directores de las radios y televisiones públicas. Son normas legislativas las que regulan dicha designación. Y si se quiere cambiar el sistema, hay que cambiar la ley correspondiente. Lo que no se puede hacer es pretender cambiar el sistema mediante una proposición no de ley y pretender que, a partir del momento en que se aprobó una tal proposición, el Gobierno se ve vinculado jurídicamente por la opinión expresada por el Parlamento.

No tienen, en consecuencia, el más mínimo fundamento constitucional-estatutario las opiniones expresadas por los portavoces del PP y de IU antes y durante el debate parlamentario de esta semana. El PSOE tuvo una clamorosa falta de reflejos hace dos semanas, pero eso no quiere decir que el PP e IU -¿hasta cuándo?- pretendan extraer de ello consecuencias inadmisibles.JAVIER PÉREZ ROYO

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