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El alcalde de Pego decreta en tres años pagos irregulares por importe de 200 millones de pesetas

Al menos desde 1998, el alcalde de Pego ha ordenado por decreto decenas de pagos correspondientes a obras o servicios girados al Ayuntamiento, horas extraordinarias de funcionarios por encima de lo permitido y subvenciones a entidades locales, contrarios a las leyes en vigor por irregularidades de forma y de fondo, y pese a la advertencia previa, siempre por escrito, del interventor municipal. El independiente Carlos Pascual se ha acogido siempre a su potestad como alcalde para afrontar gastos que han alcanzado los 200 millones de pesetas.

Gobernar por decreto. Esa parece la fórmula que ha decidido adoptar el alcalde de Pego, Carlos Pascual Sastre, para superar los reparos y advertencias de ilegalidad que le transmite su interventor municipal cada vez que le llega una orden de pago que presenta irregularidades de forma o de fondo. Al menos eso es lo que constatan los 53 expedientes administrativos a los que ha tenido acceso EL PAÍS, referidos a los años 1998, 1999 y el primer cuatrimestre de 2000.En esas ocasiones, el interventor, Alberto J. Roche, ha hecho constar violaciones del articulado de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, diversos reales decretos y hasta el Estatuto de los Trabajadores. En todos los casos, y por lo general el mismo día en que el interventor informa de las irregularidades, el alcalde ha firmado posteriormente un decreto en el que se da por enterado de las advertencias del técnico y apela a las potestades que le concede la ley que regula el funcionamiento de las corporaciones locales para aprobar el gasto cuestionado, ordenar el pago si las arcas tienen liquidez o, en caso contrario, certificar un reconocimiento expreso de la obligación de pago por parte del Ayuntamiento en beneficio del emisor de las facturas.

Un campo 'mimado'

Los pagos ordenados por Carlos Pascual pese a los informes contrarios del interventor abarcan una gama de obras y servicios tan variada como las irregularidades detectadas por el alto funcionario. Destaca, sin embargo, el suministro de materiales, maquinaria y obras de albañilería y jardinería ejecutadas en el campo municipal de fútbol, que sólo en 1998 superaron los 90 millones de pesetas. Esa instalación pública es especialmente mimada por el munícipe, quizás porque coincide que es presidente del equipo local de fútbol, mientras su esposa (también concejal y primer teniente de alcalde, por el partido Iniciativa Independiente) ocupa la vicepresidencia del club.

Facturas a mano, falta del preceptivo expediente de contratación, importes de obras y suministros que superan la cantidad máxima para ser considerado un contrato menor -lo que exige por ley un procedimiento administrativo distinto al ejecutado-, inexistencia de contrato previo, justificación, memoria y autorización para las obras, o falta de consignación presupuestaria, son algunas de las anomalías que figuran en las decenas de informes del interventor. En algunos casos se da una circunstancia que da cuenta de una actuación despótica: las órdenes de pago decretadas por el alcalde se tramitan con anterioridad a la emisión de las facturas, de forma que éstas se cobran el mismo día que la empresa las presenta.

Dos de los 53 expedientes consultados hacen referencia a subvenciones concedidas a sendas entidades festeras. En ambos casos, ni la Penya els Carreters ni la Junta Central de Moros y Cristianos de Pego aportan las facturas que acrediten los gastos que debía sufragar el Ayuntamiento vía convenio. Se limita el expediente a una relación, a máquina, de compra de materiales, comidas, cenas y aperitivos sellada por las agrupaciones festeras. Pese a que el procedimiento no cumplía con las cláusulas del convenio y esos gastos no pudieron ser revisados y fiscalizados por la Intervención, el alcalde ordenó ambos pagos, por decreto, en junio de 1998, por importe superior a los cuatro millones.

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Otros gastos cuestionados por el interventor son obras de acondicionamiento en los colegios públicos Carolina Sala y Cervantes, inversiones que en opinión del técnico correspondería ejecutar a la Generalitat, y no al Ayuntamiento.

Horas extraordinarias

El pago de horas extraordinarias a trabajadores municipales muy por encima de los topes que impone la Ley del Estatuto de los Trabajadores es otra cuestión en la que ha incidido en diversas ocasiones, al menos desde 1998, el interventor municipal. Esa ley limita las horas extras que puede realizar el personal laboral de los ayuntamientos en 80 anuales, salvo excepciones, a la baja, vinculadas a la duración del contrato. Pese a ello, Carlos Pascual ha dado el visto bueno al pago de pluses por cientos de horas trabajadas por algunos contratados. De los expedientes consultados, destaca el visto bueno a las 150 horas extras que una trabajadora giró en el plazo de 35 días, algo que además de estar prohibido arroja una increíble media que supera las cuatro horas extraordinarias diarias trabajadas fuera de horario, sábados y festivos incluidos.

A vueltas con el parque natural

El parque natural de la Marjal de Pego-Oliva no podía escapar de las obras contratadas por el alcalde Carlos Pascual que no se ajustan a las leyes en vigor. El 3 de septiembre de 1998, se registró en el ayuntamiento pegolino una certificación de obra, girada por la mercantil Ruzafa SL, por importe de 7.079.434 pesetas, correspondiente a trabajos de la tercera fase de un programa de apertura de canales y desagües en el humedal.Ese mismo día, la actividad administrativa por este caso registrada en las dependencias municipales fue frenética. El interventor emitió su informe de rigor, en cuyas consideraciones jurídicas especifica que "no consta" la tramitación del expediente de contratación de los trabajos, como exige la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y que, más allá, tampoco existe contrato alguno, ni la preceptiva fianza que debía depositar la adjudicataria. El técnico también hace notar que, dado que no figura plano que delimite su ámbito de actuación, las obras se han ejecutado dentro del parque natural "sin que conste" permiso de la Consejería de Medio Ambiente, necesario según la Ley de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana.

También el 3 de septiembre, el arquitecto municipal emitió un certificado en el que da el visto bueno a la obra ejecutada y a la certificación emitida por la empresa. El mismo día, alcalde, arquitecto y empresarios firman el acta de replanteo de la obra, y, por último, Carlos Pascual resuelve, con su habitual decreto, aprobar el gasto y reconocer la obligación de pago a favor de Ruzafa SL.

Este último documento también aporta una curiosidad. El munícipe hace constar en su decreto que en la tramitación se ha estudiado también un informe del biólogo municipal, en el sentido de que las obras benefician a la fauna y flora de la Marjal porque elimina las aguas estancadas y permite su regeneración. La curiosidad estriba en que ese informe del biólogo al que hace referencia el alcalde está fechado cuatro días después del decreto, el 7 de septiembre.

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