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El Tribunal Superior conmina al Ayuntamiento a que proceda al derribo parcial de una iglesia

La parsimonia con que el Ayuntamiento de Madrid se ha tomado la orden judicial de derribar parte de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes (barrio del Pilar) ha provocado gran malestar en el Tribunal Superior de Justicia. Los magistrados han dictado una providencia en la que conminan al consistorio a la demolición, al pedir a los afectados que le informen por escrito si deben ordenar la apertura de diligencias penales ("deducir testimonio") por desobediencia contra el gerente de Urbanismo y si, a la vez, deben imponerle una multa que puede ser de 250.000 pesetas.

Los jueces han ordenado la demolición parcial de esta iglesia porque se contruyó, en 1988, sobre un solar situado a menos de siete metros de un edificio de 14 pisos y en contra de las distancias mínimas que establece el planeamiento urbanístico de 1985. Dos vecinos del inmueble acudieron a los tribunales alegando que la escasa distancia entre la pared trasera del templo y la frontera del bloque de viviendas taponaba a lo largo del día la luz solar, lo que les obliga durante casi todo el año a usar luz artificial. El arzobispado de Madrid, dueño de la iglesia, señala que tan corta distancia se debe a que parte del bloque de pisos se construyó sobre suelo de su propiedad.

Al margen de lo que informen las partes sobre las sanciones que deben imponerse al gerente de Urbanismo, Luis Armada, el alto tribunal, de oficio, puede activar contra él estas medidas penales. Si finalmente lo hace, podría ser inculpado de un delito y sentarse en el banquillo por desobediencia, aparte de tener que pagar la multa de su bolsillo.

La Sección Primera del alto tribunal cree inaceptables las excusas que ha dado el Ayuntamiento para demorar durante siete años una orden de derribo que afecta a la parte del altar de esta iglesia, situada en la calle de Villa de Marín. Los jueces señalan que es la segunda vez que advierten al gerente de que cumpla la sentencia si no quiere incurrir en desobediencia a la autoridad judicial.

El último plazo para derribar este edificio expiró el pasado día 17 de marzo, según recuerda la providencia judicial. Esta decisión, respaldada por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, órganos ante los que ha acudido sin éxito el arzobispado de Madrid, debió ejecutarse en 1997. Pero ni entonces ni ahora se ha llevado a cabo, en ambos casos por idéntico motivo: decenas de feligreses se concentraron ante la iglesia e impidieron la actuación de la piqueta.

Al menos ésa es la razón que ha dado la Gerencia de Urbanismo para incumplir la orden. En un escrito remitido por el Ayuntamiento al tribunal, a finales del pasado marzo, se indica que la actuación de unos 300 feligreses impidió ejecutar el derribo. El Ayuntamiento admite en ese escrito que eran insuficientes los policías municipales destacados a la zona y que por ello avisó al Cuerpo Nacional de Policía, aunque decidió posponer la orden porque así lo "sugirió" un mando policial.

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En el mismo escrito, el Ayuntamiento insta al tribunal a que le indique si le autoriza a utilizar la fuerza para cumplir la orden. La respuesta de los jueces, redactada cinco días después del último e infructuoso intento de derribo, es clara: "Tales circunstancias [la falta de policías]", subrayan, "debieron haber sido previstas por la Gerencia municipal a la vista de que las mismas ya se produjeron en un intento anterior de ejecución de sentencia, realizado el 14 de enero de 1997".

Los jueces añaden que ya en la orden de derribo enviada al Consistorio el 2 de marzo se decía que éste "podía y debía emplear todos los medios que tuviera a su alcance" para hacer cumplir la orden. El tribunal lamenta que el Ayuntamiento no haya "utilizado ninguno" de esos medios durante el intento de derribo del pasado 16 de marzo, pese a que "podía y debía" haberlo hecho.

La Sección Primera entiende que tanto la actuación municipal del pasado 16 de marzo como el posterior escrito municipal pidiendo autorización para usar la fuerza no dejan de ser "un intento más de dilatar la ejecución de la sentencia". Opina el tribunal que el Ayuntamiento "no tiene una voluntad real" de cumplir la orden y que sus actuaciones al respecto podrían calificarse de "ficticias".

El arzobispado pide que se revoque la orden judicial tras el anuncio del alcalde de legalizar el templo

Tras el segundo incumplimiento de la orden de derribo, el Ayuntamiento ha enviado un escrito al Tribunal Superior en el que pide que revoque esa orden. En ese escrito, que no han estimado los jueces, el municipio alega que la iglesia no debe demolerse, puesto que su situación se va a legalizar y a acomodar al nuevo planeamiento urbanístico de 1997. En otro intento desesperado por evitar el derribo, el Arzobipado también ha cursado un escrito al tribunal -el día 22, seis días después de que se cumpliese el último plazo dado, también incumplido- instando a los jueces a que revoquen la orden. En esta ocasión, la autoridad religiosa asegura que han surgido nuevos datos que apoyan la paralización de la orden. Entre otros, citan la anunciada intención del alcalde de Madrid, José María Álvarez del Manzano, de legalizar la situación urbanística del templo y un reciente acuerdo contrario a la demolición adoptado por la comunidad de vecinos del bloque afectado.

Pero el abogado de los dos vecinos que denunciaron la ubicación de la iglesia discrepa de la validez de junta vecinal. Ambos aseguran que ésta se convocó "de un día para otro", sin los oportunos y preceptivos avisos, y que, además, no tiene sentido que vecinos cuyas casas no se ven afectadas por la edificación religiosa impongan su criterio a los que sí están perjudicados.

Respecto a la concentración de feligreses del pasado 16 de marzo, cuando expiró el plazo final para el derribo, el letrado sugiere que fue un plan urdido desde la propia parroquia para incumplir la sentencia y atentar contra "el Estado de derecho". Llama la atención del letrado la aparición de carteles en el barrio instando a los vecinos "a concentrarse en la iglesia a primera hora del día siguiente para defenderla". El abogado se pregunta: "¿Cómo sabía el párroco, o quien fuera que [ese día, el 16] se iba a efectuar [el derribo], ¿quién les avisó?".

La defensa sugiere que el aviso partió del Ayuntamiento, al que critica "por los escasos efectivos [policiales]" que destacó al lugar de los hechos y que, lógicamente, no pudieron dejar expedita la zona para la demolición. En su resolución, el Tribunal Superior lamenta que el Consistorio no aprovechase "otras horas del día, o incluso el día siguiente", cuando ya no había vecinos concentrados, para ejecutar la orden de derribo.

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