'Caso Lasa y Zabala', el juicio de las mil mentiras
El juicio por el caso Lasa y Zabala, que quedó visto para sentencia el pasado jueves, pasará a la historia judicial española como el de las retractaciones. En ningún otro caso reciente han llegado a desdecirse de sus declaraciones incriminatorias uno de los acusados y cuatro testigos, sobre aspectos importantes. Este hecho va a provocar que la sentencia que se dicte se convierta, y esta vez más que nunca, en un ejercicio de libre valoración de las pruebas existentes por parte del tribunal. Los magistrados, tanto si se pronuncian en favor de la absolución como si lo hacen por la condena, deberán explicar por qué creen más unas versiones que otras, en muchos casos radicalmente contradictorias.El proceso recién concluido investigaba el secuestro, torturas y asesinato de los etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, que desaparecieron en Bayona (Francia) el 15 de octubre de 1983. El fiscal elevó durante el juicio las penas para todos los procesados y reclamó 110 años de cárcel para el general Enrique Rodríguez Galindo y el ex gobernador civil de Guipúzcoa Julen Elgorriaga, y 108 años para el teniente coronel Ángel Vaquero y los ex guardias civiles Enrique Dorado y Felipe Bayo por pertenencia a banda armada, detención ilegal, lesiones y asesinato. El fiscal pidió también cuatro años de cárcel por encubrimiento para los otros dos procesados, el ex secretario de Estado Rafael Vera y el abogado vinculado al Ministerio del Interior Jorge Argote.
Ninguno de los testimonios del centenar de testigos que han declarado en la vista oral ha sido definitivo. El policía Ángel López Carrillo y el contrabandista Pedro Luis Miguéliz, Txofo, fueron las principales bazas de la acusación.
López Carrillo relató la conocida versión de que a la vuelta de una visita al lugar de un atentado en Oñate (Guipúzcoa) en el coche del ex gobernador, Galindo recibió un aviso para que llamase urgentemente al cuartel de la Guardia Civil en Intxaurrondo, y que tras telefonear dijo que habían caído dos peces medianos en Francia. También dijo que Elgorriaga le contó que había ido con Galindo a presenciar los interrogatorios de Lasa y Zabala en el Palacio de la Cumbre, en San Sebastián, y que los etarras creían que eran del Mosad.
Obviamente, Elgorriaga y Galindo han rechazado esa versión y han aportado numerosos testimonios para desacreditar a López Carrillo y su relato. El principal testigo de descargo es el coronel retirado Cándido Acedo, que aseguró que era él quien viajaba en el coche con Galindo y el gobernador, y no López Carrillo. Lo cierto es que Acedo esperó ocho meses para desmentir a éste y en su declaración incurrió en errores de bulto que pusieron en entredicho su versión. Acedo describió el lugar del atentado en Oñate como un cruce, cuando en realidad era una recta, y aseguró que pudo apreciar los daños sufridos por el vehículo alcanzado por la explosión en el mismo lugar de los hechos; si bien, a la vista del atestado elaborado por la Guardia Civil, tuvo que rectificar, ya que uno de los guardias señaló que, debido a la gravedad de su compañero, se trasladaron al Hospital de Mondragón en el mismo vehículo.
La versión de López Carrillo estaba corroborada inicialmente por los testimonios de otros policías, sus compañeros Julio Vázquez Aira y Rafael Barranco. Ambos se han retractado, y el tribunal deberá valorar sus motivos y su credibilidad. Vázquez Aira había dicho inicialmente que acompañó a Carrillo a Oñate y confirmó su versión de "los dos peces" que habían caído en Francia. En el juicio, sin embargo, aseguró que sólo repitió la lección que le hizo aprender Carrillo. Pero se da la circunstancia de que Vázquez Aira aportó en su día datos nuevos, inéditos y diferentes a los que Carrillo había dicho y éste tuvo que rectificar. De modo que la retractación de Vázquez es, cuando menos, polémica.
Barranco, por su parte, había manifestado que en 1987 Carrillo le contó el viaje con Galindo y Elgorriaga y que Lasa y Zabala estaban muertos y enterrados en La Cumbre, extremo que Carrillo nunca ha declarado. En el juicio se desdijo y alegó sentirse amenazado. Barranco recibe tratamiento psiquiátrico desde que declaró por este asunto en mayo de 1996.
Los otros dos retractados son los ex guardias de Intxaurrondo José María Velázquez Soriano y Francisco Javier Olivar. Velázquez, testigo protegido, se quejó de que la protección no le ha servido para nada y está amenazado de muerte. Negó sus anteriores acusaciones.
Olivar, que guardaba una bolsa que le proporcionó Bayo con supuestos trofeos de guerra incriminatorios para los procesados, también modificó su testimonio inculpatorio. No pudo explicar por qué se retractaba y negó que hubiera sido amenazado. Sin embargo, una cinta que se escuchó en la sala, producto de un pinchazo a su teléfono, reveló que estaba aterrorizado porque cuatro de sus compañeros le habían hecho una visita en su casa de El Espinar (Segovia).
Por su parte, la declaración de Miguéliz es de referencia. Según el contrabandista, Dorado le contó, mientras esperaban un alijo de droga, que habían secuestrado a los dos etarras y que tras interrogarles les habían trasladado a Alicante, donde les asesinaron.
Dorado ha negado que contase nada a Miguéliz, pero en un vídeo grabado por su abogado, Jorge Argote, sin el conocimiento de Miguéliz, éste afirmaba que era verdad que el guardia le había contado lo ocurrido con Lasa y Zabala, aunque estaba dispuesto a negarlo a cambio de 100 millones de pesetas.
También el ex coronel Juan Alberto Perote, que fue número dos del Cesid, los servicios secretos españoles, afirmó en el juicio que en la primavera de 1997, Vera, Galindo, Elgorriaga y Argote le propusieron en el despacho de este último que se retractase de las acusaciones que había formulado en éste y otros procesos. En pago saldría bien librado de la causa militar en la que estaba inmerso y respecto a la que, dos meses antes del juicio, le auguraron una pena de siete años de cárcel, como así ocurrió.
Además, Perote aportó dos documentos originales altamente incriminatorios: la nota de despacho de 28 de septiembre de 1983 -dos semanas antes del secuestro de Lasa y Zabala- en la que se anunciaba el inicio inmediato de acciones de guerra sucia en Francia por parte de guardias civiles, y la transcripción de unas supuestas conversaciones entre el entonces sargento Pedro Gómez Nieto, hombre de Perote en Intxaurrondo, y Galindo, en el despacho de éste, en las que se hablaba de preparativos de acciones contra etarras. Sorprendentemente, y a pesar de esas gravísimas acusaciones, las defensas de Vera, Galindo, Elgorriaga y Argote no interrogaron a Perote.
El caso de Bayo merece mención aparte. Constituye la retractación por excelencia en la causa. Sus cuatro declaraciones ante el juez Javier Gómez de Liaño en agosto de 1997 han marcado la pauta del proceso. En ellas, el ex guardia civil aseguraba que había callado hasta entonces por una lealtad mal entendida hacia Galindo, pero que como el sumario se iba a cerrar y había muchas evidencias contra Dorado y contra él, había decidido empezar de cero y eliminar la estrategia de su abogado hasta ese momento, Argote.
Bayo negaba haber secuestrado a Lasa y Zabala, pero reconocía que tanto Dorado como él habían participado en sus interrogatorios en La Cumbre. Y aseguraba que el teniente Fidel del Hoyo les había llevado allí, donde se encontraban los detenidos con Elgorriaga, Galindo y Vaquero. Añadió que les dijeron que se trataba de dos refugiados de Francia, que les tenían que interrogar sin saber quiénes eran ni que se hallaban en España y que les hicieran pensar que ellos eran del Mosad. Supo que se trataba de Lasa y Zabala porque allí estaban sus documentaciones y efectos personales.
Bayo agregó que recibieron instrucciones de Galindo para interrogarlos y que en ningún momento les torturaron. Les interrogaron por separado para ver si había contradicciones y les mostraron un álbum de fotos con gente de Tolosa por si reconocían a alguien. De ahí partieron, afirmó, las operaciones Tolosa 1 y 2.
Según Bayo, Galindo, Elgorriaga y Del Hoyo sólo estuvieron en La Cumbre la primera noche, mientras que Vaquero estaba casi permanentemente allí. Él y Dorado se marcharon a los tres días. Nunca más volvió a ver a los detenidos y tampoco preguntó por su paradero. No se hizo atestado porque era una operación irregular. Bayo añadió que "era consciente de que estaban detenidos ilegalmente".
En el juicio, Bayo hizo una retractación genérica, pidió perdón a sus compañeros y señaló que todo fue un engaño del juez Gómez de Liaño. Sin embargo, el acusado no quiso que le interrogasen ni el fiscal, ni las acusaciones, ni siquiera todas las defensas. Sólo las que él eligió, alegando encontrarse deprimido. El tribunal propuso que la retractación se hiciera en forma de pregunta y respuesta para darle forma de declaración, pero él, acogiéndose a su derecho, prefirió guardar silencio mientras el fiscal y las acusaciones formulaban preguntas que quedaban sin respuesta. El tribunal tendrá que valorar los datos que proporcionó para apoyar su testimonio, la cinta grabada en prisión por él y Dorado y su transcripción mecanográfica.
El juicio ha tenido también momentos terribles, como la muerte del comisario Jesús García a causa de un infarto masivo mientras declaraba, y extraños, como el primer día de la vista, que tuvo que ser aplazada al comparecer Bayo fuertemente sedado y en calzoncillos.
La sentencia se conocerá con toda probabilidad antes del 20 de mayo, cuando Dorado y Bayo cumplen cuatro años de prisión preventiva
Un abanico de posibilidades
El tribunal del caso Lasa y Zabala tiene un abanico de posibilidades entre la absolución y la condena de los acusados. Una de ellas, que ha tomado cuerpo como hipótesis estos días en medios jurídicos, consiste en la condena por detención ilegal sin dar cuenta del paradero, un delito del que nadie ha acusado.Estas fuentes señalan que las pruebas para condenar por asesinato son endebles y que incluso el abogado de la acusación Iñigo Iruin tuvo que inferir el asesinato a partir de la detención ilegal, pero sin datos concretos que identifiquen al autor material de los disparos.
Por ello, y considerando que hay prueba directa e indiciaria más que suficiente para acreditar la implicación de los acusados en el secuestro de los etarras, estas fuentes se inclinan por el tipo previsto en el artículo 166 del actual Código Penal, que se corresponde con el artículo 483 del Código vigente en el momento de los hechos. La redacción de este último precepto señala: "El reo de detención ilegal que no diere razón de la persona detenida o no acreditare haberla dejado en libertad, será castigado con la pena de reclusión mayor" (entre 20 años y un día y 30 años de cárcel) .
La mayoría de las fuentes jurídicas consultadas, sin embargo, precisan que el precepto vulneraría el principio acusatorio y no es aplicable al caso al haber aparecido los restos de los dos etarras.
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