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El Defensor del Pueblo recurre la parte de la Ley de Datos que exime al Estado de informar al ciudadano

Antonio Rovira, titular en funciones de la institución del Defensor del Pueblo interpuso ayer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de 13 de diciembre de 1999. El recurso impugna los preceptos de la ley de datos de 1992 ya recurridos en 1993, que afectan a riesgos de atentados contra la intimidad desde las administraciones públicas (entre ellos aquel que exime en ciertos casos del derecho a informar al interesado sobre los datos que se recogen de él). En cambio, no recurre los nuevos preceptos relativos a riesgos de atentar contra la intimidad desde el sector privado. La propuesta de Nueva Izquierda (NI) se refería tanto a los preceptos de la nueva Ley de Protección de Datos que son idénticos o análogos a los de la ley de 1992, ahora derogada, como a los preceptos novedosos incluidos en la nueva ley a propuesta del PP, entre ellos los que permiten la comercialización del censo electoral y el uso de ficheros comunes entre aseguradoras sin el consentimiento de los afectados. Sin embargo, el recurso del Defensor del Pueblo se limita a reiterar la impugnación de unos preceptos que ya recurrió, pero que, por haber sido derogados por la nueva ley, podrían decaer y no ser objeto de revisión constitucional. Entre los preceptos impugnados ayer figura el que permite que los datos de carácter personal recogidos por las Administraciones Públicas sean comunicados de unas a otras "cuando la comunicación hubiera sido prevista por la disposición de creación del fichero", dado que dicha creación podrá hacerse por norma de inferior rango a la ley orgánica, prevista constitucionalmente para regular derechos fundamentales como la intimidad. Otro precepto impugnado es el que exime del derecho a informar al interesado sobre los datos que se recogen de él cuando "la información al afectado impida o dificulte gravemente el cumplimiento de las funciones de control y verificación de las Administraciones Públicas" o la persecución de las infracciones "administrativas".

Diego López Garrido, secretario general de NI, lamentó que el Defensor del Pueblo "no haya sido sensible a los riesgos de atentados contra la intimidad desde las entidades privadas".

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