Una sentencia obliga a un ex diputado de UPN a devolver tierras en las Bardenas
El presidente de la Junta de Bardenas Reales tiene mucho poder y demasiadas tierras y esa concentración de propiedades vulnera la legalidad vigente. Así lo ha establecido una reciente sentencia del Tribunal Administrativo de Navarra, que considera que José Antonio Gayarre, ex parlamentario foral y ex diputado al Congreso por UPN entre 1989 y 1996, rebasó junto a su esposa el tope de terrenos cultivables establecido por las ordenanzas de la comunidad que rige la explotación agrícola de esta extensa zona desértica del sur de Navarra, cuyo uso es compartido por 22 municipios.
José Antonio Gayarre preside la Junta de Bardenas Reales, el organismo ejecutivo que gobierna este vasto territorio de tierras de cultivo. Gayarre es además uno de los hombres fuertes tradicionales de Unión del Pueblo Navarro en la Ribera y en 1975 heredó de sus padres 604 robadas de terreno (54,3 hectáreas). Su esposa, Josefina Aguado, heredó a su vez en 1988 otras 694 robadas (62,4 hectáreas) propiedad de un hermano, fallecido aquel año en accidente.Conocedor de estas herencias, Lorenzo Marqués, un vecino de Tudela, municipio también congozante (término arcaico para indicar el uso o disfrute compartido de un bien) de Bardenas, pidió a la Comisión Permanente de la comunidad, formada por representantes de los ayuntamientos, que desposeyera al matrimonio de todo el terreno que excediera de las 750 robadas (67,5 hectáreas) por cada cabeza de familia. Esa superficie cultivables es la que permite como máximo el artículo 31 de las Ordenanzas de Bardenas, que datan del año 1969. Lorenzo Marqués pidió ese terreno para su propio disfrute, pero la Permanente desoyó su reclamación.
Sin embargo, el recurso de alzada que interpuso en octubre de 1998 ante el Tribunal Administrativo de Navarra ha tenido éxito y su sentencia del pasado 5 de enero establece que José Antonio Gayarre y su esposa superan la posesión máxima de tierras permitida por las ordenanzas.
Por cabeza de familia
El argumento esgrimido por los denunciados para defender sus tierras fue que las ordenanzas se referían a 750 robadas por vecino congozante y no por unidad familiar, y que una modificación del artículo 31, realizada en el año 1985, dispuso como requisitos únicos para tener tierras los de ser vecino congozante y tener más de 18 años.
El tribunal reconoce esos requisitos, pero recuerda que sigue vigente la limitación de 750 robadas "por cada usuario cabeza de familia", lo cual, añade la Sala, podría conducir al absurdo de pensar que "los usuarios no cabezas de familia no están sujetos a ningún límite superficial".
El tribunal subraya que el objetivo de esas ordenanzas "siempre ha sido limitar la acumulación de riqueza rústica para efectuar un mejor reparto de la misma" entre los muchos vecinos congozantes y que el límite siempre ha sido, "como no podía ser otro, la unidad familiar".
Si en el plazo de dos meses José Antonio Gayarre o la Junta que él ha dirigido con mano de hierro en los últimos años no recurren la sentencia judicial, el ex diputado se verá obligado a devolver el exceso de tierras. Eso sí, la sentencia no entra a analizar si las tierras sobrantes las debe disfrutar Marqués, un agricultor de 67 años, u otro solicitante.
De hecho, el problema cobra una mayor dimensión con la denuncia y el fallo judicial porque, según ha indicado Gayarre, su situación se repite con muchos otros propietarios. La comisión permanente ha adjudicado parcelas con los únicos requisitos de ser vecino congozante y mayor de 18 años y contemplando el límite individual de 750 robadas "para cada solicitud", ha afirmado el presidente de Bardenas.
Sin embargo, la actitud del presidente es calificada de "abuso temerario" por el exitoso reclamante, quien aspira a cultivar en su provecho las tierras de las que disfrutaban en exceso José Antonio Gayarre y su esposa.
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