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DERECHOS HUMANOS

El derecho a la intimidad cede frente al creciente comercio de datos personales

Una nueva ley permite el uso del censo electoral y el cruce de informes entre aseguradoras

La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, que entró en vigor el viernes último, otorga más facilidades al tráfico mercantil, a costa de suavizar la defensa del derecho a la intimidad, garantizado por la Constitución. Además de mantener los preceptos de la ley de 1992 impugnados ante el Tribunal Constitucional -entre otros, por el PP- por la posible vulneración de derechos fundamentales desde los ficheros públicos, la nueva ley autoriza el uso y tratamiento privado de los datos del censo electoral y permite a las aseguradoras establecer ficheros comunes que entrecrucen datos personales.

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Consentimiento "inequívoco"

Una de las grandes innovaciones de la ley es el llamado censo promocional. En contraste con la prohibición de la Ley Electoral de "cualquier información particularizada sobre los datos personales contenidos en el censo electoral, a excepción de los que se soliciten por conducto judicial", la Ley de Protección de Datos da carta blanca a quienes quieran utilizarlos.Su artículo 31 es claro: "Quienes pretendan realizar permanente o esporádicamente la actividad de recopilación de direcciones, reparto de documentos, publicidad, venta a distancia, prospección comercial u otras actividades análogas podrán solicitar del Instituto Nacional de Estadística o de los órganos equivalentes de las comunidades autónomas una copia del censo promocional, formado con los datos de nombre, apellidos y domicilio que constan en el censo electoral". En caso de que la lista se facilite en soporte informático, "se podrá exigir una contraprestación".

Sensibilidad

José Antonio Martín Pallín, magistrado del Supremo experto en esta materia, cree que el censo promocional "desborda la finalidad del censo electoral", aunque reconoce que "falta sensibilidad social sobre los atentados que pueden cometerse mediante el uso abusivo de esos datos personales".

No sólo asociaciones de publicidad o de marketing directo se han felicitado por el censo promocional. La propia Organización de Consumidores y Usuarios ha afirmado que "un nombre y una dirección nada aportan sobre la intimidad de su titular", sino que facilitan "relaciones comerciales ágiles y exentas de formalidades que tanto demandan los usuarios de finales del siglo XX", y la Confederación de Consumidores y Usuarios ha puesto el acento en "el funcionamiento del mercado".

Para Diego López Garrido, diputado de NI que prepara un recurso de inconstitucionalidad contra la nueva ley para ofrecerlo al Defensor del Pueblo, la regulación reglamentaria (por el Gobierno) del consentimiento personal para que se usen los datos "hurta al legislador un contenido esencial del derecho fundamental a la intimidad", igual que "cuando la ley remite a su normativa específica los datos de las guías telefónicas".

Pero lo más grave para López Garrido es la nueva posibilidad legal de que las aseguradoras establezcan "ficheros comunes que contengan y crucen datos personales y que la cesión de datos a dichos ficheros no requiera el consentimiento previo del afectado".

En cambio, la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras estima la medida "no original en el entorno europeo", porque facilita "conocer lo mejor posible qué riesgo se está asegurando y en qué medida".

Desde su óptica de defensa del ciudadano, el director de la Agencia de Protección de Datos, Juan Manuel Fernández, anunció que vigilará estrechamente los ficheros de las aseguradoras, del mismo modo que cree "una intromisión gravísima en la intimidad" la grabación de conversaciones de los clientes por las operadoras de telefonía sin el previo consentimiento de los afectados.

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