El Tribunal Superior vasco considera el agotamiento psíquico enfermedad laboral
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado en una sentencia que el "agotamiento psíquico" que se derive directamente de la práctica de la actividad laboral se considera enfermedad laboral, a pesar de que esta figura no se contemple en el cuadro de enfermedades profesionales. El tribunal señala que se dará esta calificación "siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución" del trabajo.
De este modo, la sala de lo social del TSJPV desestima el recurso interpuesto por una mutua contra la sentencia dictada por un Juzgado de lo Social de Eibar (Guipúzcoa), que dio la razón a un trabajador que sufrió repetidas bajas laborales por un "síndrome de desgaste personal o de burnt-out (del inglés, estar quemado)". La sentencia obliga a la mutua del trabajador a pagar las prestaciones correspondientes.Tras reiteradas solicitudes por parte del trabajador de que su mal recibiera el trato de "enfermedad laboral" y no "común", el tribunal de Eibar dictó sentencia a su favor, al estimar que el cuadro médico que presentaba se debía "exclusivamente" al ejercicio de sus tareas profesionales.
Ante esta sentencia, la mutua recurrió al TSJPV, que ha vuelto a dar la razón al empleado. La práctica laboral del demandante desde 1973 consiste en organizar la producción de un taller, dirigiendo a los trabajadores minusválidos que en el prestan servicios y dándoles las oportunas orientaciones para obtener un nivel aceptable de productividad y eficacia laboral. Según señala la sentencia en sus antecedentes, el trabajador ha sufrido en los últimos años "trastornos de sueño con repetición recurrente de las dificultades de su trabajo", alcanzando una situación de "agotamiento físico-psíquico" que le llevó a recibir repetidas bajas de "enfermedad común" a lo largo de 1998.
En marzo de 1998, un especialista en psiquiatría le diagnosticó "síndrome de desgaste personal o de burnt-out", que define como "trastorno adaptativo crónico con ansiedad, como resultado de la interacción del trabajo en sus características personales". Sin embargo, en aquella fecha, la mutua y el Instituto Nacional de la Seguridad Social desestimaron la petición del trabajador de cambiar de "contingencia común a contingencia laboral".
Tipo de estrés
La sentencia señala que el agotamiento psíquico de la clase burnt-out es "un tipo muy característico de estrés que se da en aquellas profesiones de quienes realizan su trabajo en contacto con otras personas que, por sus características, son sujetos de ayuda -como profesores o asistentes sanitarios-, y surge al ver el profesional defraudadas sus expectativas" por no poder poner en práctica "sus ideas con respecto a cómo debe ser realizado su trabajo".Asimismo, cita un estudio editado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en el que se afirma que el burnt-out no surge de manera espontánea, "sino que es un proceso continuo, un estrés de carácter crónico experimentado en el contexto laboral".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.