El Tribunal Supremo condena a una periodista por intromisión en el honor de un indigente
El Tribunal Supremo ha condenado a la periodista Ángela Merino al pago de una indemnización de un millón de pesetas y a la publicación de parte de la sentencia, por considerarle culpable de intromisión en el honor de un indigente de 59 años. En un artículo publicado el 18 de marzo de 1992 en la sección de sucesos del Diario de Las Palmas, la informadora dio cuenta de que esa persona había sido descartada como sospechosa de haber participado en el asesinato de varios tripulantes del barco Ferri. Y añadió que el descartado como sospechoso poseía antecedentes penales por una violación acaecida doce años antes.La información relataba que dos de los tres sospechosos del asesinato habían sido descartados en el curso de la investigación. Uno de ellos era Gaudencio L.P., que estuvo acogido en el asilo de Cáritas en Las Palmas. La noticia atribuía a "personas de la casa de acogida de la mencionada institución benéfica" el dato de que la persona descartada de la investigación policial del crimen tenía antecedentes penales por violación.
El alto tribunal entiende que el objeto de la noticia era que la investigación había descartado al indigente como sospechoso del asesinato que se estaba investigando, y que esa información debió publicarse "en tales términos estrictos, sin necesidad de añadir la improcedente relación de circunstancias tan personales como las de que tenía antecedentes penales por una violación acaecida hace doce años". El Supremo añade que esas circunstancias, "al margen de, en su caso, la no veracidad de las mismas, son de carácter superfluo e innecesario y que desde luego afecta a la probidad, reputación e, incluso, dignidad personal del interesado". El Supremo anula así anteriores sentencias de primera instancia y de la Audiencia provincial de Las Palmas, que habían desestimado la petición del demandante.
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