Un juez condena al Ayuntamiento a hacer un contrato indefinido a 10 profesores de adultos
Tantas veces les contrataron y les despidieron en los últimos ocho años que el juez cree que merecen el puesto de trabajo. Por lo menos, hasta que el Ayuntamiento de Madrid cubra el puesto convocando oposiciones. Diez profesores contratados por el Ayuntamiento en 1991 para dar clases a analfabetos han ganado en los tribunales su pugna con el Consistorio, a pesar de que eran autónomos. El juez considera que el Ayuntamiento era su "empleador" y que recibían un "salario", aunque el Consistorio intentara "disfrazarlo" de "arrendamiento de servicios".
En 1991, el Ayuntamiento insertó un anuncio en la prensa donde reclamaba "profesores titulados en EGB para impartir clases, desde alfabetización hasta graduado escolar, a personas adultas". Se ofrecía contrato de prestación de servicios como autónomos, lo que obligaba a los interesados a darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Y así comenzaron a trabajar 11 profesores. En aulas distribuidas por todo Madrid impartieron sus enseñanzas a personas analfabetas durante los últimos ocho años. Cada año, unas 600 personas pasaban por estas aulas para aprender a leer, escribir y matemáticas elementales.Según la sentencia, los docentes trabajaron siempre en "las dependencias indicadas por el Ayuntamiento, con sujeción al horario indicado por dicho centro". Además, "era el Ayuntamiento o los centros dependientes de él quienes establecían la programación escolar, la asignación de alumnos o el material escolar".
Ocho años después, los profesores reclamaron al Ayuntamiento que les reconociera su "derecho a ostentar la condición de personal laboral fijo discontinuo", pero el Consistorio se negó con el argumento de que la relación laboral con los trabajadores estaba sujeta a un contrato mercantil. Éste se daba, además, por concluido cada final de curso.
En febrero pasado, los profesores acudieron al Juzgado número 2 de lo Social. El magistrado ha fallado ahora que "la actividad desarrollada por los demandantes no puede considerarse una prestación" laboral, sino "un trabajo específico". "Y es posible que dicha tarea docente de alfabetización y educación de adultos no sea una actividad esencial y necesaria a los entes municipales, pero lo cierto es también que el Ayuntamiento decidió en su día ofrecer este servicio a los ciudadanos. Por ello, se acudió a la contratación, que se ha desarrollado durante más de ocho años", por lo que puede calificarse de "permanente, regular, habitual y reiterada por el Consistorio".
El juez va, incluso, más allá en sus argumentaciones. "No se trata de que el Ayuntamiento haya contratado los servicios de un profesional liberal para la prestación de una actividad puntual, sino que ha contratado los servicios de los demandantes para una actividad continuada, regular, reiterada y habitual, asumida como propia por el Ayuntamiento, del mismo modo que cuando ofrece a los ciudadanos ancianos o inválidos el servicio de ayuda a domicilio o el servicio de información turística".
Además, según la sentencia, "los alumnos acudían a las dependencias municipales para recibir clases, y como usuarios de un servicio público municipal, no como personas particulares que hubiesen contratado unos servicios profesionales. Los demandantes no eran -no son- profesores particulares que cobran unos honorarios de los alumnos, sino una remuneración del Ayuntamiento".
Uno de los profesores denunció ayer que, a pesar de la sentencia, el Ayuntamiento se niega a devolverles su plaza y que, incluso, ha sacado a oferta pública sus puestos para que éstos sean cubiertos por una contrata. La concejal de Educación, María Jesús Fraile, no respondió ayer a la llamada de este periódico, pero sí reclamó la sentencia "para estudiarla".
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