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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Acompañar al GIL

LA LLEGADA del GIL a la presidencia de Ceuta y la posibilidad de que gobierne también en Melilla han llevado al Gobierno a buscar una fórmula legal que impida al partido del alcalde de Marbella, cuyos antecedentes en la materia son conocidos, tener la última palabra en relación a los planes de reforma urbanística de las dos ciudades norteafricanas. Para ello ha echado mano, una vez más, de la socorrida vía de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos.Hay razones de fondo para realizar esa reforma, aparte de las coyunturales de evitar aventuras que pudieran ser irreversibles. Los ayuntamientos de Ceuta y Melilla son los únicos que tienen competencias exclusivas en materia de ordenación urbana, dado el peculiar régimen autónomo de las dos ciudades. En todos los demás casos, los Gobiernos de las comunidades autónomas tienen la última palabra sobre la viabilidad de los planes urbanísticos elaborados por los ayuntamientos. A falta de esta instancia autonómica, la reforma prevé que el Ministerio de Fomento asuma directamente esas funciones de control en Ceuta y Melilla.

Pero aunque la reforma sea fundada e incluso urgente, el método elegido para ello resulta como mínimo improcedente. La Ley de Acompañamiento de los Presupuestos está siendo utilizada en la práctica para esquivar la prohibición de incluir materia legislativa -más allá de la relativa a ingresos y gastos- en los Presupuestos. El subterfugio, empleado ya por el anterior Gobierno, se ha convertido con el actual en un truco para colar casi sin debate asuntos de gran calado y tan polémicos como la reforma de ciertos aspectos del sistema sanitario o del educativo.

Si el motivo es la urgencia, resulta preferible por menos irregular la vía del decreto-ley, que una vez convalidado se convierte en ley tras el debate parlamentario correspondiente. La ley de Presupuestos tiene validez durante el año de su ejecución; mientras que una ley de acompañamiento la sigue teniendo indefinidamente, a no ser que sea expresamente derogada. No parece muy normal que eso ocurra con una normativa metida de matute en un paquete heterogéneo y marginal al debate que concentra la atención: el de los presupuestos propiamente dichos.

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La reforma prevista en el caso de Ceuta y Melilla afecta directamente a la Ley del Régimen del Suelo, pero puede suponer también una modificación encubierta de los estatutos de autonomía de las dos ciudades. Es un tema que no puede despacharse en un trámite legal presupuestario; merece ser tratado en el Parlamento, con las garantías de un debate en toda regla.

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