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La Comisión Europea pone en entredicho incentivos fiscales del País Vasco y de Navarra

Xavier Vidal-Folch

El sistema de incentivos fiscales a la inversión del País Vasco y Navarra está gravemente en entredicho. Tras el demoledor informe en su contra presentado el pasado día 1 por el relator o ponente del Tribunal de las Comunidades Europeas, es ahora la Comisión Europea la institución que pone en duda la legalidad de estas ayudas establecidas por las haciendas forales y el Gobierno navarro. El colegio de comisarios decidió ayer abrir un "proceso de infracción" por considerar que este régimen fiscal distorsiona la competencia, y advirtió de que, si es declarado ilegal, las empresas beneficiarias tendrán que devolver las ayudas recibidas.

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"De ninguna manera atacamos la autonomía fiscal del País Vasco, como tampoco lo hemos hecho en el caso de Alemania al dictaminar contra las normas concretas en que se ha plasmado, cuando éstas atentan contra la competencia", dijo ayer el portavoz de Karel van Miert al explicar la apertura del procedimiento. Aunque la actual Comisión Europea está prácticamente en funciones, el comisario de la Competencia se ha empeñado en dejar encarrilada esta cuestión, que deberá resolver a partir de septiembre el nuevo Ejecutivo comunitario de Romano Prodi. El colegio de comisarios, a iniciativa de Van Miert, estima que las ayudas fiscales dispuestas por las Diputaciones de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa -la titularidad del Concierto Económico corresponde a los territorios históricos, no al Gobierno de Vitoria-, así como por el Gobierno de Navarra "son ayudas de Estado ilegales". A juicio de la Comisión, se dan en ellas los cuatro criterios que el Tratado de la Unión establece para considerarlas como tales: son "financiadas por recursos estatales, favorecen a determinadas empresas, falsean la competencia y perjudican los intercambios entre los Estados miembros".

La tesis de Bruselas coincide en buena parte con las contundentes conclusiones emitidas el pasado 1 de julio por el relator del Tribunal de Justicia de las Comunidades, con sede en Luxemburgo, ante la consulta elevada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El relator, Antonio Saggio, concluyó también que dichos incentivos deben ser considerados ayudas de Estado.

Las normas precalificadas de presuntamente atentatorias a la competencia -aunque "la decisión adoptada no prejuzga el resultado de la investigación", subrayó el portavoz- son un total de siete, divididas en dos tipos. Por una parte están las normas forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que establecen un crédito fiscal del 45% a las inversiones en activos fijos que superen los 2.500 millones de pesetas; es decir, la posibilidad de recuperar mediante el impago de impuestos ese porcentaje de la cantidad invertida. La argumentación de Van Miert, asumida por el resto de los comisarios pese a la oposición inicial del vasco Marcelino Oreja, consiste en que este régimen resulta discriminatorio para las empresas establecidas en Euskadi que no realizan inversiones nuevas o lo hacen con un volumen inferior al fijado por las diputaciones. Además, "no respeta las reglas en materia de ayudas regionales", ya que supera el tope establecido para la comunidad vasca -el 25% de la inversión, por ser zona objetivo 2- y elude el trámite de notificación previa a Bruselas.

Por otra parte están las llamadas vacaciones fiscales, destinadas a empresas de nueva creación que concede fuertes reducciones en la base imponible del Impuesto de Sociedades durante los primeros cuatro ejercicios en que obtengan beneficios: del 99%, 75%, 50% y 25%, en el caso de las tres diputaciones forales, y del 50% en el caso de Navarra.

El empeño de Van Miert en poner freno a los incentivos fiscales vascos arranca del caso Daewoo. La empresa coreana recibió para su instalación en Vitoria una ayuda directa del Gobierno vasco del 25% de la inversión, y la Diputación de Älava le concedió tanto el crédito fiscal del 45% como las vacaciones fiscales. La mayoría de las ayudas fueron declaradas ilegales en febrero por la Comisión Europea.

La apertura del proceso de infracción implica requerir información del Gobierno español y de las partes interesadas, antes de adoptar una decisión sobre la compatibilidad de los incentivos con el Tratado de la Unión. El portavoz de Van Miert recordó que si al final se determina que las ayudas son ilegales, "las empresas que las han recibido tendrán que devolverlas".

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