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Un resorte bajo sospecha para captar inversiones

Bruselas se ha convertido en el último pero más formidable obstáculo que han encontrado las ayudas fiscales vascas a la inversión. Anteriormente han tenido que lidiar con los recursos judiciales presentados de forma sistemática por la Administración central y las autonomías vecinas, lo que hicieron casi siempre con éxito. Ante la dificultad de probar con cifras que la aplicación de un régimen tributario diferenciado en Euskadi suponía una "presión fiscal efectiva global inferior" a la del resto de España, los tribunales sentenciaron por regla general a favor de la capacidad normativa consagrada en el Concierto Económico. Pero la situación ha comenzado a variar con la Unión Económica y Monetaria europea, lo que ha coincidido con una utilización de estos resortes para captar inversiones empresariales cada vez más expuesta por parte de las Diputaciones forales. El principio de "capacidad" esgrimido por éstas para establecer incentivos fiscales -el Concierto me faculta para hacerlo- ha chocado con el principio de "competencia", y el resultado se ha vuelto en su contra. El primer golpe fue el caso Daewoo. El pasado mes de febrero, la Comisión Europea declaró ilegales gran parte de las ayudas recibidas por la empresa coreana para la instalación en Vitoria de una planta de frigoríficos; entre ellas, el crédito fiscal por el 45% de la cantidad destinada a activos fijos en inversiones de más de 2.500 millones y las exenciones en el Impuesto de Sociedades (vacaciones fiscales). La denuncia procedía aquí de las firmas de la competencia. La acumulación de ayudas a una empresa, repetida en el caso Ramondín -firma líder en la fabricación de cápsulas metálicas para botellas, trasladada de Logroño a la vecina localidad alavesa de Laguardia-, llevó al comisario Van Miert a plantear la apertura de un procedimiento de infracción contra las normas de incentivos fiscales, en vez de actuar contra cada una de sus aplicaciones concretas.

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La tesis del comisario de la Competencia se ha visto reforzada por las conclusiones del abogado general del Tribunal de las Comunidades Europeas, que antes de final de año tendrá que pronunciarse sobre la compatibilidad de este tipo de medidas con la libertad de asentamiento y la libre competencia consagrados en el Tratado de la Unión. Además, esta primavera el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha anulado los incentivos fiscales de Álava y Guipúzcoa de 1998 con argumentos muy similares a los de Van Miert: no son de aplicación general, por lo que discriminan a las empresas que no pueden invertir 2.500 millones de pesetas

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