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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Puntualización

Ante la alarma y consiguiente perjuicio para la industria española que puede generar la información publicada el pasado domingo por EL PAÍS, que no fue contrastado con el Ministerio de Economía, referente a la subvención aprobada por la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos a la empresa Colisur 2000, SL (Picón, Ciudad Real), me veo en la necesidad de puntualizar lo siguiente:La mencionada sociedad, dedicada a la fabricación de fibra corta a partir del lino, presentó solicitud de ayuda en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha el 4 de junio de 1998, que remitió el expediente al Ministerio de Economía y Hacienda el 3 de julio del mismo año.

Dicho proyecto fue examinado por el grupo de trabajo competente el día 3 de diciembre de 1998, sesión en la que estuvo presente el director general de Desarrollo Industrial de la Junta de Castilla-La Mancha, que informó favorablemente de la concesión de la subvención pertinente.

Este grupo de trabajo está compuesto por representantes de diversos ministerios y por responsables de las comunidades autónomas en los proyectos que son de su competencia. Sin la expresa manifestación de informe favorable de los respectivos representantes de las comunidades autónomas no se concede nunca subvención alguna.

La propuesta del grupo de trabajo fue aprobada por orden ministerial firmada por el secretario de Estado de Presupuestos y Gastos el 5 de abril de 1999 y notificada a los interesados el día 12 de abril, habiendo sido publicada en el BOE el día 25 de mayo de 1999.

En este supuesto, como en todas las demás solicitudes de ayuda, se exige el cumplimiento de una serie de condiciones para acceder finalmente al cobro de la subvención (20,16 millones de pesetas). En este caso se exige que la empresa ha de realizar la inversión conforme al proyecto presentado (118,6 millones de pesetas) y acreditar que está pagada. Debe crear tres puestos de trabajo fijos y mantenerlos dos años después de haber cumplido todas las condiciones. Además, la empresa se halla comprometida a incrementar el capital social hasta alcanzar los 35 millones de pesetas (suscrito y desembolsado). Tales condiciones deben cumplirse antes del 12 de abril del 2000. A la mencionada empresa se le exige, como en todos los supuestos de concesión de ayudas, permanecer al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Sólo cuando se cumplan todas las condiciones arriba mencionadas y sea certificado ese cumplimiento por la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha se puede acceder al cobro de la subvención. Por tanto, es obvio que aún no se ha podido hacer ningún desembolso por parte de la Administración.

Por otra parte, debe advertirse, frente a lo que se afirmaba en el mencionado diario, que no existe por parte de la Comisión Europea ninguna limitación para apoyar este tipo de proyectos industriales, pues sería absurdo que apoyase el cultivo de la materia prima, en este caso el lino, y no permitiese ayudas a la primera transformación de la misma, cuando además no va dirigida al mercado textil.

Por último, este proyecto, en caso de que cumpla todas las condiciones, recibiría la ayuda estatal, aunque esta actividad, frente a lo que se afirmaba en el mencionado diario, no recibe cofinanciación de los fondos FEDER, al igual que sucede en general con las actividades de primera transformación agraria.- Secretario de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Economía y Hacienda.

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