Molestar a los transeúntes
El texto de la ordenanza que regula esta clase de "actos indecorosos en la vía pública" en el que se basan los agentes de la Policía Municipal para poner multas a quien practique el sexo por la mañana en la Casa de Campo dice lo siguiente: "Se prohíbe realizar en la vía pública cualquier acto que pueda molestar a los transeúntes, o que, por su naturaleza, sea indecoroso. Los talleres mecánicos, los de carrocerías y los electromecánicos no podrán utilizar la vía pública para estacionamiento de los coches en reparación, ni para realizar en ella los trabajos correspondientes. Tampoco podrán quedar estacionados en la vía pública aquellos vehículos que tengan necesidad de esperar turno para proceder a su reparación. Los establecimientos que hayan sido sancionados tres o más veces por infracción de este precepto podrán ser privados de la licencia concedida. Al solicitar ésta deberá presentar un plano para acreditar que tienen cabida suficiente para los vehículos que deban ser reparados y los que deben esperar turno". El texto se aprobó en un pleno municipal de 1961.
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