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EDUCACIÓNCC OO Y STEPV TACHAN DE "POLÍTICA" LA MANIOBRA

El Consell recurre a una argucia legal para hacer funcionarios a los opositores que no entraron en 1991

Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de 1995 a favor de Jaime Tortosa, uno de los aspirantes que no aprobó la convocatoria extraordinaria de la polémica oposición de profesores de 1991, ha servido de colchón legal a la Consejería de Educación para colocar en la función pública a un colectivo que desde hace ocho años ha estado impugnado todas las sentencias, incluidas las del Tribunal Supremo, que legalizan las bases fijadas por la Administración. Al mismo tiempo la consejería anunció ayer que ejecutará otros dos fallos del Supremo en sentido contrario, validando los criterios aplicados en aquella oposición. José Cano, director de Personal, negó que la esquizofrénica decisión sea política.

Un pacto con Dios y con el Diablo. Ésta parece haber sido la fórmula empleada por la Administración. La Consejería de Educación optó ayer por cerrar uno de los flancos abiertos con más beligerancia por el colectivo COEP, que agrupa a los opositores que no lograron entrar en la convocatoria de 1991, ejecutando sentencias diametralmente opuestas. Para no enfrentarse a las presiones de los 219 funcionarios que, de aplicarse el último fallo del Supremo de octubre de 1998, perderían su condición de funcionarios, ha convalidado a los que en su día aprobaron la convocatoria extraordinaria de oposiciones que se celebró en 1991 y a quienes, tras recurrirla, fueron considerados aprobados por el TSJ valenciano. Los sindicatos han denunciado en reiteradas ocasiones que se trata de un conflicto político, ya que en su momento fue instrumentalizado por abogados de las filas del PP como mecanismo de presión contra los consejeros de Educación socialistas, y que se giró en contra de los populares con su llegada a la Generalitat, forzando ahora a la Administración. En conferencia de prensa, el director general de Personal, José Cano, aseguró ayer que el departamento se ha limitado a ejecutar dentro del plazo legal tres sentencias perfectamente válidas: una del tribunal valenciano a favor de un afectado de febrero de 1995 y dos del Tribunal Supremo (la del 9 de diciembre de 1997 y del 14 de julio de 1998) en sentido contrario, que validan las bases de la polémica convocatoria. Cano rechazó tajantemente las críticas del STEPV, que considera que la "posición de la consejería es eminentemente de naturaleza política por estar sesgada a favor del colectivo COEP". "Empecinamiento" En el mismo sentido, CC OO mostró su "indignación" ante esta "desafortunada decisión política" y denunció que "el proceso de selección para el cuerpo de maestros y de profesores de Secundaria establecido en la LOGSE fue judicializado empecinadamente por un colectivo minoritario" que encontró amparo en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, "duramente criticado después por el Tribunal Supremo". Ambos sindicatos piden la retribución salarial que corresponda a los funcionarios de carrera de Secundaria y del cuerpo de maestros que se vieron afectados por el conflicto entre septiembre de 1992 y octubre de 1995, y que se asigne el centro que les hubiese correspondido a aquellos que se vieron desplazados por la entrada del grupo de COEP, que se amparó en su momento en una sentencia de 1995, la misma que revocó el Supremo posteriormente. CC OO y STEPV anunciaron que recurrirán la ejecución de la sentencia para que se restituya el derecho de los que aprobaron las oposiciones en toda regla. No opinan igual los sindicatos CSIF y ANPE, que están conformes con la resolución, ni UGT que mantiene una posición de ambigüedad porque en su día no suscribió las convocatorias extraordinarias dispuestas en la LOGSE para resolver el problema de interinos que había acumulado.

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