El Supremo avala a una farmacia que no cumple los requisitos
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido que deben flexibilizarse los límites fijados legalmente para la apertura de farmacias, en favor de una mejor atención a los posibles usuarios.El alto tribunal ampara la apertura de un despacho de farmacia en una localidad gallega en la que no se alcanzaban los 2.000 habitantes que la normativa establece para la instalación de este servicio sanitario en esa zona geográfica.
El Supremo resuelve así el recurso interpuesto por la farmaceútica coruñesa Alicia María Mosquera contra la decisión del Colegio de Farmaceúticos de A Coruña y del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que la habían negado autorización para la apertura de la nueva oficina de farmacia.
Los magistrados consideran probado que el nuevo despacho atenderá una población de 1.940 personas y, dado que se aproxima mucho al límite -establecido en los 2.000 habitantes-, "ha de entenderse que frente a la aplicación rígida de la literalidad del precepto reglamentario, debe atenderse al criterio de interpretación flexible".
Por ello, los 1.940 habitantes de las parroquias de Abelleira, Tal y Torea, del término municipal de Muros (A Coruña), contarán con una nueva farmacia ubicada en Tal de Arriba, "en función siempre del mejor servicio farmacéutico", según el Supremo. La sentencia del alto tribunal, de la que es ponente el magistrado Rafael Fernández Montalvo, fija para próximos casos similares una corriente de jurisprudencia marcada por el principio de flexibilidad en materia de servicios sanitarios.
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