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Los objetores podrán ser obligados a trabajar en partidos políticos o confesiones religiosas

Miguel González

Los objetores, que se niegan por razones de conciencia a prestar servicio en las Fuerzas Armadas, podrán ser obligados, sin embargo, a cumplir la prestación sustitutoria en un partido político o una confesión religiosa aunque esté en contradicción con sus convicciones personales y sin que puedan alegar motivos de conciencia para evitarlo. Esta situación paradójica se deduce del nuevo Reglamento de la Objeción de Conciencia y la Prestación Social Sustitutoria, que el Consejo de Ministros se propone aprobar en breve como desarrollo de la ley que entró en vigor el pasado mes de julio.

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El artículo 78 del proyecto de reglamento, al que ha tenido acceso EL PAÍS, indica que la Prestación Social Sustitutoria (PSS) no podrá realizarse en programas que tengan finalidad lucrativa; que no cuenten con la organización e infraestructura necesarias; que supongan una manifiesta desigualdad respecto a otros objetores o respecto a quienes realicen el servicio militar; que afecten al empleo, o que no sirvan al interés general de la sociedad. Desaparece, sin embargo, la otra prohibición incluida en el reglamento vigente desde marzo de 1995: la que afectaba a todos los programas que "favorezcan alguna opción ideológica o religiosa".La misma omisión se produce en el artículo 80 del proyecto, referido al contenido de los conciertos con las entidades colaboradoras, en el que se obliga a detallar "los medios de formación a proporcionar a los objetores para el mejor desarrollo de sus actividades", sin añadir, como sucedía hasta ahora, que con los mismos "no podrán favorecerse opciones ideológicas o religiosas".

La consecuencia de estas omisiones es que los partidos políticos y las confesiones religiosas podrán firmar conciertos para que los objetores cumplan la PSS en programas dirigidos por ellos, siempre que se encuadren en cualquiera de los sectores de actividad previstos por la ley.

Se da la circunstancia de que los objetores pueden ser adscritos con carácter forzoso a un programa determinado y no existe ningún mecanismo legal que les permita rechazarlo alegando razones de conciencia. Ello lleva a la paradoja de que un ateo podría ser obligado a trabajar bajo la dirección de una confesión religiosa y un militante de un partido a las órdenes de otro distinto.

Fuentes del Ministerio de Justicia explicaron que el reglamento no hace más que desarrollar la ley de Objeción de Conciencia del pasado 6 de julio, en la que se suprimió la prohibición, contenida en el texto de 1984, de cumplir la prestación en entidades que favorecieran opciones ideológicas o religiosas concretas. La nueva ley fue fruto de una proposición de Convergència i Unió (CiU), cuyo texto inicial ya contenía la mencionada omisión, sin que ningún grupo presentara durante la tramitación parlamentaria una enmienda con objeto de subsanarla.

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Actualmente, ya es posible realizar la PSS en entidades vinculadas a la Iglesia, como la Confederación de Centros Religiosos de Enseñanza o Cáritas, o en organizaciones sindicales, como la UGT. En estos supuestos, según fuentes del Ministerio de Justicia, se vigila para que la actividad de los objetores esté alejada de cualquier forma de proselitismo. Aun así, agregan las mismas fuentes, cuando algún objetor ha puesto reparos a cumplir la PSS en estas entidades se le ha facilitado un nuevo destino.

El problema radica en que una de las novedades de la ley, que desarrolla el proyecto de reglamento, es la posibilidad de delegar en las comunidades autónomas la firma de los convenios con las entidades, la adscripción de los objetores a los programas, la inspección para comprobar si se adecúan a la legislación vigente e incluso la facultad disciplinaria.

En consecuencia, una vez desaparecida la prohibición de cumplir la PSS en partidos o confesiones religiosas, no bastará con que el Ministerio de Justicia respete la voluntad de los objetores, sino que será necesario que las comunidades autónomas apliquen idéntico criterio. La nueva ley amplía además el abanico de actividades en las que es posible cumplir la PSS, incluyendo un campo tan amplio como el de la "educación y cultura y, en particular, promoción cultural y alfabetización", en el que desarrollan su labor numerosas entidades de signo nacionalista.

El proyecto de reglamento prevé que se asigne a cada autonomía a todos los objetores en situación de disponibilidad que pidan destino en la misma, siempre que no hayan solicitado prórroga o exención, salvo los adscritos a programas dependientes de la Administración del Estado o que afecten a varias comunidades.

Hasta ahora, sólo Galicia y Cataluña -de donde proceden alrededor de 25.000 objetores al año- se han mostrado interesadas en hacerse cargo de la gestión de la PSS. El presupuesto del Ministerio de Justicia para 1999 incluye una partida de 90 millones de pesetas con objeto de dotar económicamente a las comunidades autónomas que asuman dicha competencia.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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