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Trabajo recorta las prestaciones para las adopciones internacionales

942 de los 1.812 niños adoptados en 1997 proceden del extranjero

Las familias que adoptan un niño en otro país no tienen garantizado disfrutar a su llegada a España de las 16 semanas de prestación por maternidad, un tiempo necesario para la integración del menor. Una circular del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales restringe ese derecho en las adopciones realizadas en India, Chile, Guatemala, Salvador, Uruguay, México y China.

La medida que adoptó en 1997 el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para igualar en derechos a las familias biológicas y adoptivas en las prestaciones por maternidad sólo ha estado en vigor un año y medio. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que depende de ese departamento, ha enviado una circular a todas sus direcciones provinciales para que sólo reconozcan ese derecho a las adopciones realizadas en países con una legislación que se corresponda con la española. Es decir, aquellas que llegan ya a España como adopción plena.Es una situación que no se da en India, China, Chile, Guatemala, El Salvador, Uruguay y varios estados de México. Las familias que adoptan un niño en alguno de estos países no podrán solicitar la prestación por maternidad hasta que que esa adopción quede registrada en España, un trámite que puede tardar hasta un año.

Esta medida, innecesaria hasta ahora, puede suponer la pérdida de la prestación o una reducción significativa de la misma, ya que las bajas por maternidad se vinculan en las adopciones a la edad del niño.

La Seguridad Social concede 16 semanas por maternidad si el niño tiene menos de nueve meses. Entre esa edad y los cinco años, el tiempo de prestación se reduce a la mitad (ocho semanas), y desaparece totalmente si ya ha cumplido los cinco años.

En 1997, las adopciones internacionales superaron por primera vez a las de menores españoles dados en adopción.Un total de 942 de las 1.812 registradas por Asuntos Sociales se produjeron en el extranjero, según los datos provisionales. La mayor parte de los niños adoptados en el extranjero llegan a España con una edad cercana a los nueve meses, dado lo prolijos que son los trámites para que culmine su adopción.

A pesar de esos datos, tanto el INSS como la Dirección General de Acción Social, el Menor y la Familia argumentan que la medida "no supone una pérdida del derecho a la prestación, sino la simple demora del mismo". No es así como lo ven los padres adoptantes y las comunidades autónomas, que son las que realizan las adopciones.

"Nadie va a tener la posibilidad de disfrutar las 16 semanas tal y como está ahora contemplado. O te dan el niño prácticamente recién nacido, que es algo imposible, o pierdes la prestación. Puede ocurrir que esos países tengan menos demanda, pero los padres tienen derecho a saberlo", afirma Benedicto García, vicepresidente de la Sociedad Española para la Adopción.

"Esto plantea una dificultad enorme a las familias. Les complica la vida y nos obliga a nosotros a añadir más trámites", señalan en el Servicio del Menor en Andalucía.

EL PAÍS ha intentado infructuosamente obtener la versión sobre el caso de la secretaria general de Asuntos Sociales, Amalia Gómez.

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