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Condenado el ex director de la Banda de Buñuel por abusos sexuales a un menor

El ex director de la Banda de Música de Buñuel, José Lucas Ferrer, ha sido condenado a ocho años de prisión por abusar sexualmente de un menor de edad al que daba clases de música en esta localidad navarra. El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra le exige, además, que indemnice al joven con cinco millones de pesetas por el daño moral causado. Lucas Ferrer, de 52 años, compagina su profesión militar con la enseñanza musical y la dirección de bandas en dos localidades de Navarra y Aragón.

Lucas Ferrer es subteniente del Ejército. Además de dedicarse a la enseñanza musical en los colegios privados Escuelas Pías y Corazonistas, de Zaragoza, y en la academia Adagio de esta misma ciudad, imparte clases de música y dirige en la actualidad las bandas de las localidades de Cortes (Navarra) y Mallén (Zaragoza). Durante el juicio, el muchacho señaló que a lo largo de los cursos escolares 1995-96 y 1996-97 sufrió diversas vejaciones por parte de quien era su profesor de requinto (instrumento de viento), que fueron de agravándose hasta ser objeto de violación por el acusado, cuando tenía 15 años. La argumentación jurídica realizada por el tribunal se ciñe casi en su totalidad a la versión facilitada por el denunciante y recogida en los escritos de las acusaciones. El fallo señala que los hechos son constitutivos de "un delito continuado de abusos sexuales". Según la sentencia, se ha probado que el menor sufrió diversos actos atentatorios contra la libertad sexual, "sin mediar consentimiento de la víctima". En este tipo de delitos sexuales en los que no hay pruebas ni documentales ni testificales, el tribunal tiene que decidir entre la palabra de la víctima y la del acusado, que en este caso negó todos los hechos. El tribunal ha resuelto el procedimiento señalando que "concurren en el testimonio de la víctima todos los requisitos precisos para que el mismo sea apto para desvirtuar la presunción de inocencia que ampara al procesado". Así, define el testimonio del menor como "ausente de incredibilidad subjetiva, verosímil, persistente en lo esencial, prolongado y mantenido sin ambigüedades ni contradicciones relevantes". Las divergencias que fueron calificadas como contradicciones por parte de la defensa son "meras precisiones o matizaciones", según la sentencia. Además, resalta que no existe ningún móvil espurio que "permita dudar acerca de su veracidad". El tribunal considera que los abusos han supuesto un gran trastorno para el menor por las repercusiones sociales que pudiera ocasionarle en una localidad pequeña como Buñuel, de 2.300 habitantes. La sentencia hace también referencia a la importancia de la certeza de los testimonios ofrecidos por otros testigos presentados por las acusaciones y que ratificaron la versión del joven y su familia. Así, cita las declaraciones de los padres del menor, la del vecino que fue testigo de cómo el acusado pedía perdón a esta familia y la del presidente de la Banda de Música de Cortés. Presta especial atención a los testimonios de dos jóvenes de Cortes, localidad donde también enseña música el condenado, que relataron haber sido objeto también de tocamientos por parte de Lucas Ferrer cuando eran adolescentes.

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