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Breve diccionario del nacionalismo

La moda del nacionalismo se impone en el otoño catalán, a la sombra de la tregua de ETA. La Declaración de Barcelona (suscrita por CiU, el PNV y el BNG) ha introducido conceptos como soberanía compartida y ha vuelto a poner de moda la clásica confederación. Desde el socialismo, Pasqual Maragall ha hablado de algo muy parecido al federalismo asimétrico: reconocimiento diferenciado para las nacionalidades históricas. El Parlament se ha sumado a esta escalada al aprobar una resolución en la que proclama el derecho de Cataluña a la libre determinación. Y, al día siguiente, ERC pide un referéndum de autodeterminación para la próxima legislatura. Pero, ¿todos utilizan con el mismo sentido las mismas palabras? ¿Qué significado tiene cada una? Políticos y expertos opinan sobre el breve diccionario que les ha sugerido este diario. Autodeterminación Pere Esteve. Secretario general de CDC. Derecho colectivo fundamental. Cada nación debe poder decidir su estructura política, su articulación administrativa y su nivel de dependencia o independencia respecto a las demás instancias. Joan Rigol. Presidente de UDC. Significa derecho de los pueblos. No sólo las personas tienen derechos, sino también los pueblos, tal como reconoce la Declaración de derechos Humanos. Joaquim Nadal, presidente del Grupo Parlamentario del PSC. Derecho fundamental de las personas y los pueblos que no puede avanzar a golpe de declaración y con el que no se frivoliza. Jorge Fernández Díaz. Secretario de Estado para las Administraciones Territoriales (PP). Concepto jurídico-político acuñado por Naciones Unidas para que los territorios coloniales accedieran a su independencia. Jordi Guillot. Responsable de relaciones políticas de IC. Derecho democrático fundamental que consiste en el reconocimiento legal de la posibilidad de separarse. Debe ir vinculado a una propuesta de aplicación concreta. Josep Lluís Carod-Rovira. Secretario general de ERC. Posibilidad de que cada pueblo pueda decidir de manera permanente sus relaciones con otros pueblos. Àngel Colom. Presidente del PI. Derecho permanente e inmanente que tiene todo pueblo o nación a decidir libremente su futuro. Joan B. Culla. Historiador. Principio clave no sólo de la doctrina nacionalista contemporánea. Su aplicación explica la configuración del mapa político mundial en la actualidad. La dificultad para hacerlo efectivo en la Europa occidental de hoy no anula ni descalifica su invocación. Ferran Requejo. Politólogo. Principio por el que un individuo, grupo o colectividad tienen la capacidad de decidir por sí mismos una serie de materias. En el siglo XVIII se refería a los individuos, mientras que a partir del XX se aplica preferentemente a las naciones o pueblos. Confederación Esteve. Un Estado plurinacional requiere componentes confederales para no caer en el uniformismo federalista y para permitir el acuerdo bilateral. Rigol. Voluntad de compartir y no sólo afirmación de la propia identidad. Cada vez es menos aplicable a los aspectos económicos y fiscales; por eso UDC pide confederación cultural y federalismo en el terreno económico. Nadal. Estados federados. Carod-Rovira. Marco político para la articulación de distintas naciones unidas por la figura del jefe del Estado como elemento común básico, así como para compartir algunos aspectos de la representación internacional y la política de defensa, con soberanía política para todo lo demás. Colom. Distintos entes colectivos que, de igual a igual, comparten poder. Fernández Díaz. Modelo de organización de los Estados más teórico que real. Basta observar qué es la CEI (ex URSS). Guillot. Distintos Estados independientes ponen en común la gestión de determinadas materias, manteniendo siempre el carácter de Estado independiente. Culla. Concepto relativamente claro en el XIX, pero que se ha ido diluyendo. En la actualidad lo que más se le parece es la Commonwealth: unión de Estados soberanos para fines específicos. Requejo. Acuerdos entre distintos Estados para establecer gobiernos comunes para el desarrollo de objetivos específicos (defensa, internacional...). No existen Estados confederales, sino confederación de Estados. Federalismo Esteve. ¿Cuál de las decenas y decenas de federalismos que hay en el mundo? Por cierto, la mayoría de ellos en la línea más de la homogeneidad que en la de la heterogeneidad. Decir federalismo y basta es no decir nada. Rigol. Vinculación que no reconoce derechos históricos; éstos residen en la propia federación. Nadal. Modelo de Estado descentralizado en que los ámbitos regionales adquieren más poder. Fernández Díaz. Organización política propia de los Estados descentralizados homogéneamente. Guillot. Voluntad de autogobierno de cada una de las partes y de gobierno compartido en determinadas materias. Carod-Rovira. Modelo político para articular una nación partiendo del reconocimiento de su pluralidad interna. Ideal para articular, por ejemplo, Cataluña, el País Valenciano y las Baleares, pero imposible de imaginar para un Estado español sin tradición, cultura ni voluntad federales. Colom. En la tradición catalana se entiende como la unión libre de distintas entidades, sin la existencia de un centro. En la española ha sido la unidad de distintas entidades con un centro. Culla. Idea muy importante de la cultura política del siglo XIX. Las ideas clave son el pacto y la soberanía desde la base. Desde la cultura política española a menudo se invoca más como fórmula técnico-administrativa. Requejo. Pacto basado en un proceso de centralización para el cual unidades federadas ceden competencias al poder central. Federalismo asimétrico Esteve. Los comentarios negativos sobre el federalismo los reservo para la palabra en sí. La palabra asimetría me parece como mínimo interesante. Rigol. Las realidades que forman las autonomías no son todas igual. Eso se refleja en la Constitución, que habla de comunidades con derechos forales, con código civil. El tratamiento de estas autonomías no puede ser igual que el de las otras. Nadal. Federalismo de la diferencia para afirmar que en un Estado plurinacional las naciones deben ver reconocida su diferencia. La diferencia es garantía de la diversidad y es compatible con la igualdad y rabiosamente incompatible con homogeneidad. Fernández Díaz. En la doctrina es difícil encontrarlo. En la práctica, lo más parecido es el Estado autonómico español. Guillot. Reconocimiento de la diversidad de realidades que pueden conformar un mismo Estado.Carod-Rovira. Intento desesperado y bienintencionado de querer hacer compatible la continuidad de un Estado centralista, incompatible con el respeto a la diversidad, con un nuevo marco institucional basado en la diferencia. Colom. Intenta responder a la unión voluntaria de distintas entidades colectivas. Culla. Truco para neutralizar la tendencia uniformizadora de algunos federalistas técnico-administrativos. Requejo. Mantiene la centralización del modelo federal, pero las relaciones de las unidades federadas con el poder central no son homogéneas en las instituciones, fiscalidad y competencia. Soberanía compartida Esteve. Aceptar la convivencia. En este concepto son igual de importantes las dos palabras que lo componen. No se trata de imitar modelos del pasado, sino de decidir cómo queremos vivir de manera justa. Rigol. Nuestro mundo está cada vez más interrelacionado y ni en el campo económico ni en el político es posible la plena soberanía. Nadal. Modelo al alza con Europa, los Estados y las naciones sin Estado. En el caso español se puede concretar en más autogobierno, o todo el autogobierno, para las naciones sin Estado a cambio de lealtad constitucional. Fernández Díaz. Concepto plasmado en nuestra Constitución donde todo el pueblo español comparte la soberanía como sujeto unitario depositario de la misma. Sólo cabría en la Constitución interpretándola así. Guillot. Capacidad que tienen las partes que conforman un Estado de poder codecidir. Carod-Rovira. Soberanía compartida: ni puñetera idea, y no creo que haya nadie que lo sepa. Colom. Compartir supone una merma de la soberanía, pero es posible en momentos históricos concretos, aunque siempre con la voluntad de superar esa etapa transitoria y avanzar hacia el poder político pleno. Culla. Fórmula para doblar sin romper el principio de la soberanía única, básico en la Constitución actual. Requejo. La soberanía tradicional refiere al hecho de constituir la última y superior fuente de las decisiones políticas en una colectividad. Hoy, los procesos de globalización, de constitución de entidades supraestatales y de regionalización imponen la idea de que todas las soberanías son a la vez limitadas y compartidas.

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