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El Inem aduce que no hubo "relación laboral" entre Arregi y la coalición

Soledad Alcaide

"No había relación laboral entre HB y Mikel Arregi". Ésta fue la explicación que ayer ofreció en rueda de prensa el secretario general de Empleo, Manuel Pimentel, sobre las razones que llevaron al Inem a denegar al exmiembro de la Mesa Nacional de HB el subsidio de desempleo por la extinción de su contrato, que coincidió con su ingreso en prisión."Arregi no era un trabajador, sino responsable de la organización", añadió. En su opinión, esto impidió que existiera una relación laboral, "imprescindible para que se pueda pagar una prestación por desempleo". Según Pimentel, la situación del ex miembro de la Mesa de HB es la misma que la de los dirigentes sindicales, los concejales o los alcaldes. "Una situación de la que existe abundante jurisprudencia".

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Ésta es la razón por la que el Inem y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales decidieron recurrir la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de San Sebastián ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. "Como no compartimos el fondo [de la sentencia] y creemos que el derecho nos asiste, hemos presentado el recurso". Pimentel recalcó además que se ha hecho con el caso de Arregi "lo mismo que se hubiera hecho con cualquier ciudadano" en una situación similar.

Todas las actuaciones, según el secretario general de Empleo, serán remitidas además al fiscal general del Estado, para que estudie las posibles responsabilidades civiles del Estado, en caso de que se confirmara la sentencia.

Mientras la justicia decide si confirma la sentencia del juzgado de San Sebastián, Mikel Arregi no ha comenzado a percibir la prestación de desempleo, como confirmó ayer el secretario general de Empleo: "Como cualquier persona que no tiene responsabilidades familiares, se le ha suspendido hasta que salga de prisión". Según la legislación laboral, se interrumpe el derecho al subsidio de desempleo cuando se cumple "una condena que implique privación de libertad, salvo que el trabajador tenga cargas familiares y no disponga de renta familiar alguna, cuya cuantía exceda del salario mínimo interprofesional".

Otras fuentes del Inem y del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales confirmaron ayer que el ingreso en prisión del trabajador no anula el derecho a pedir el subsidio de desempleo, puesto que el único requisito que exige la legislación laboral es el haber recibido una notificación de rescisión de contrato.

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Sobre la firma

Soledad Alcaide
Defensora del Lector. Antes fue jefa de sección de Reportajes y Madrid (2021-2022), de Redes Sociales y Newsletters (2018-2021) y subdirectora de la Escuela de Periodismo UAM-EL PAÍS (2014-2018). Es licenciada en Derecho por la UAM y tiene un máster de Periodismo UAM-EL PAÍS y otro de Transformación Digital de ISDI Digital Talent. 

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