El Gobierno aprueba hoy una reforma que refuerza a los municipios frente a las comunidades y el Estado
El Consejo de Ministros aprobará hoy un paquete de reformas legales, acordado con el PSOE y los demás partidos, cuyo objetivo es aumentar el peso de los ayuntamientos frente a las autonomías y la Administración del Estado. A partir de su entrada en vigor, las corporaciones municipales podrán interponer recursos ante el Tribunal Constitucional, los alcaldes dispondrán de mayores competencias y se introducirán en la Administración local la cuestión de confianza y una regulación automática para las mociones de censura con el fin de asegurar la estabilidad.
La joya del paquete de reformas legales, según el secretario de Estado de Administración Territorial, Jorge Fernández, es la modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que dota a los ayuntamientos de la competencia de interponer recursos ante este tribunal en aquellas normas del Estado y las comunidades que afecten a la autonomía municipal. Dicha capacidad estaba limitada, hasta la promulgación de la nueva reforma, al presidente del Gobierno, a los presidentes autonómicos y a las Cortes Generales.La nueva capacidad reconocida a los ayuntamientos tiene algunas restricciones. Para que el recurso sea válido, los equipos de gobierno tendrán que disponer de mayoría absoluta y, si el ámbito del recurso es su comunidad, tendrán que contar con el apoyo de al menos una sexta parte de los municipios que la integren, los cuales deberán representar, a su vez, la sexta parte de su población total. Asimismo, el recurso deberá contar con un dictamen consultivo del Consejo del Estado, si se refiere a una ley estatal, o del Tribunal Superior de Justicia autonómico, si alude a una ley autonómica.
Estabilidad municipal
Otro paquete de medidas paralelo pretende consagrar la estabilidad municipal. Así, se simplificará la regulación de la moción de censura con la modificación de la Ley Electoral. Con la reforma, la moción se tramitará de forma automática, una vez que se presente, para evitar el obstruccionismo del alcalde censurado tal y como sucedió el pasado mes de marzo en Melilla. Concretamente, el pleno municipal la debatirá a los diez días de su presentación si el regidor no ha procedido a convocarlo previamente. El pleno lo presidirá una "mesa de edad". En la misma dirección se introduce en los ayuntamientos la cuestión de confianza. Los alcaldes que no dispongan de mayoría quedarán ratificados si consiguen aprobar los presupuestos, el reglamento orgánico, el planeamiento urbanístico o las ordenanzas fiscales. Si no, tendrán que dimitir. De este modo, la reforma trata de evitar el bloqueo en aquellos municipios en los que el obstruccionismo viene impidiendo a un regidor en minoría aprobar los presupuestos, por lo que se ve obligado a prorrogarlos sistemáticamente. La reforma establece también que sólo se podrá presentar una cuestión de confianza al año y dos, como máximo, en toda la legislatura. En ningún caso podrá plantearse una el último año.Otra serie de medidas tratan de fortalecer las competencias del alcalde restándoselas al pleno municipal. Entre ellas figuran el desarrollo de la gestión económica del presupuesto, la aprobación de la oferta de empleo público y el nombramiento y la imposición de sanciones al personal. Asimismo, el regidor podrá suscribir contratos, aprobar concesiones y adquirir bienes o derechos, pero sin superar el 10% de los recursos ordinarios.
Como contrapeso al reforzamiento del poder ejecutivo del alcalde, la reforma aumenta el papel del pleno como órgano de control político. Por consiguiente, tendrán que celebrarse plenos ordinarios cada mes o cada dos meses, según la población. La parte de los plenos dedicada al control político del Ejecutivo tendrá sustantividad propia y estará diferenciada de la parte resolutiva.
En esa línea, la reforma impide incorporar un asunto para el que se haya pedido un pleno extraordinario a uno de carácter ordinario sin la autorización expresa de los solicitantes de la convocatoria. Igualmente, se prevé la convocatoria automática de los plenos extraordinarios en aquellos casos en los que el alcalde se niegue a efectuar la convocatoria oportuna en el plazo establecido legalmente para ello.
Comisiones informativas
También se crearán comisiones informativas obligatorias en los municipios de más de 5.000 habitantes y en las diputaciones y se pagará a los grupos políticos de la corporación.Otra parte de la reforma aumenta el poder sancionador de los regidores en materia de seguridad ciudadana: les otorga un papel activo en las decisiones sobre las manifestaciones ciudadanas, hasta ahora limitado a los subdelegados del Gobierno.
Los ayuntamientos participarán asimismo en organismos de asesoramiento y planificación del Estado, como el Consejo Escolar, las Confederaciones Hidrográficas, los programas estatales de vivienda o el Consejo Promotor de Turismo.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.