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Defensa venderá a los inquilinos la mayoría de sus 47.000 viviendas a mitad de precio

Miguel González

El Ministerio de Defensa venderá a sus actuales inquilinos la mayor parte de las 47.000 viviendas que tiene en toda España. Según el anteproyecto de ley de Medidas de Apoyo a la Movilidad Geográfica de las Fuerzas Armadas, que está previsto entre en vigor el próximo 1 de enero, el precio de venta de las casas militares será la mitad de su valor de mercado, fijado por una empresa de tasación. Los compradores deberán pagar al contado y el proceso de enajenación, que se prolongará durante diez años, podría suponer unos ingresos de 200.000 millones de pesetas.

El Ministerio de Defensa ha decidido cortar por lo sano el conflicto de las casas militares, que se arrastra desde hace ocho años, mediante la enajenación de la mayor parte de sus 47.000 viviendas, que serán ofrecidas a sus actuales inquilinos.Así lo dispone el anteproyecto de ley elaborado por dicho departamento, que permite la venta "al titular del contrato o, en su defecto, al cónyuge o persona en análoga relación de afectividad que convivieran, al tiempo del fallecimiento o durante los dos años inmediatamente anteriores a éste".

La vivienda deberá pagarse al contado y el precio será el 50% del valor real de mercado -fijado por una sociedad de tasación, inscrita en el correspondiente registro del Banco de España y seleccionada por concurso público-, incrementado con el coste de las inversiones realizadas para su mejora en los cinco últimos años.

El proyecto no especifica cuántas viviendas se pondrán en venta, pero deja claro que serán la mayoría, pues sólo se calificarán como no enajenables, previa audiencia de los usuarios, las que tengan especial "interés o ubicación estratégica para los fines de esta ley o para los generales de la defensa". Las casas desocupadas también podrán ser enajenadas; mediante venta directa al personal del ministerio, tanto civil como militar, o, en su defecto, a través de subasta.

Expedientes archivados

A diferencia del decreto de diciembre de 1990, que deroga la nueva ley, se reconoce el derecho a ocupar indefinidamente la casa a sus actuales inquilinos, independientemente de que sean o no militares y de que estén o no en activo, siempre que se trate de su residencia habitual y de que la misma no se califique como no enajenable, ligada a un destino castrense.El punto más conflictivo del decreto era, precisamente, la orden de que desalojasen las viviendas, en el momento de pasar a la reserva, todos los militares que lo hicieran a partir del 23 de enero de 1996, así como los que, encontrándose entonces en la reserva transitoria, les faltaran más de cinco años para retirarse de haber continuado en el servicio activo.

El Partido Popular, que criticó el decreto cuando estaba en la oposición, aprobó en febrero de 1997, ya en el Gobierno, una moratoria de cinco años para los desalojos, que quedaron aplazados hasta enero del 2001.

La nueva ley los descarta definitivamente, al disponer que todos los expedientes de desahucio, incluso aquellos sobre los que haya recaído sentencia firme, se archiven de oficio. También se archivarán los expedientes de calificación como viviendas de apoyo logístico, reservadas para militares en activo, que se iniciaron de acuerdo con la normativa vigente.

Esta fórmula disipa la inquietud generada entre los inquilinos de las casas militares, que podrán seguir utilizándolas aunque rehúsen la oferta de compra, pero permite que algunos hagan negocio, ya que no se prohíbe su reventa inmediata y sólo se impone como limitación la imposibilidad de comprar más de una vivienda.

Respecto a los militares en activo que no tengan casa, la ley les reconoce el derecho a recibir una en régimen de arrendamiento especial -lo que sucederá en una minoría de casos, dada la drástica reducción del parque inmobiliario de Defen-sa- o a percibir una compensación económica, como ya sucede ahora, cuando deban trasladarse de localidad con motivo de un cambio de destino.

Como novedad, esta compensación económica sólo podrá percibirse durante un periodo máximo de tres años, aunque en cambio se amplía la lista de posibles beneficiarios.

En coherencia con la prevista profesionalización de las Fuerzas Armadas, no sólo tendrán derecho a vivienda o compensación económica los militares de carrera, sino también los soldados y marineros profesionales que adquieran la condición de permanentes. Los oficiales de complemento y personal de tropa de carácter temporal cobrarán compensación a partir de los seis años de servicio.

Pabellones también

La ley no sólo afecta a las 45.000 casas militares, sino también a las llamadas viviendas de representación, pabellones de cargo y viviendas de servicio, con frecuencia ubicadas dentro de los acuartelamientos, lo que eleva la cifra a 47.000.Los beneficios obtenidos por la venta de los inmuebles, que podrían superar los 200.000 millones de pesetas al final del proceso, servirán para constituir un fondo de garantía con el que pagar tanto las compensaciones económicas como las ayudas previstas para que los militares accedan a la propiedad de su vivienda, individualmente o en cooperativas.

La gestión del parque inmobiliario de Defensa, incluida su venta, correrá a cargo del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, que funcionará como organismo autónomo, y quedará expresamente excluida de lo previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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