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El Supremo regresa a su opción del varón en la sucesión nobiliaria

La constitucionalidad del título implica la desigualdad histórica de la mujer

El Tribunal Supremo notificará en los próximos días más de una decena de sentencias en las que regresa a su tradicional doctrina en favor de la preferencia del varón en la sucesión nobíliaria, aunque sea de menor edad que la mujer que opta al mismo título. Esa doctrina fue alterada por varias resoluciones que dieron la razón a las mujeres hasta que en julio de este año el Constitucional avaló la histórica preferencia del varón como incluida en la propia constitucionalidad del título nobiliario.

Las mencionadas sentencias de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo resuelven los respectivos recursos planteados contra la aplicación de la doctrina establecida en 1987, según la cual, en igualdad de derechos, el preferido para la sucesión nobiliaria sería el de mayor edad, fuera hombre o mujer. Uno de esos recursos fue el interpuesto por Joaquín Fernández de Córdoba e Ybarra contra la sentencia de un juez y la Audiencia de Sevilla, que declararon preferente el derecho de su hermana mayor, Consuelo, a los marquesados de Montalbo y de Zugasti.La sentencia que resuelve definitivamente este caso considera que el artículo 14 de la Constitución [igualdad de sexos] "no debe proyectarse en la sucesión de los títulos nobiliarios". Resalta que este criterio ha sido confirmado por el Tribunal Constitucional, que zanja la cuestión al razonar que "admitida la constitucionalidad de los títulos nobiliarios", no cabe entender que uno de sus elementos, la sucesión, haya de apartarse del criterio histórico.

El Supremo concluye que "el principio de varonía o de preferencia del varón sobre la hembra (sic ), derivado de la autonomía de la voluntad reconocida a todo testador, no puede considerarse afectado por la Constitución".

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