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Cuatro meses de arresto a cuatro personas por cultivar marihuana

El Tribunal Supremo ha condenado a sendas penas de cuatro meses y un día de arresto y a una multa de medio millón de pesetas a los cuatro dirigentes de una asociación que en 1993 plantó cannabis en una finca de Riu de Coms (Tarragona) para su autoconsumo. La sentencia anula la que había sido dictada en junio de 1996 por la Audiencia Provincial de Tarragona, que absolvió a los acusados de un supuesto delito consistente en favorecer el consumo ilegal de estupefacientes de terceras personas. Aquella fue la primera vez que en España se juzgó a un colectivo organizado por plantar cáñamo índico, y no a consumidores aislados.Los ahora condenados son el presidente, el vicepresidente, el tesorero y el secretario de la Asociación Ramons Santos de Estudios sobre Cannabis, legalmente constituida y que ayer difundió un comunicado criticando la sentencia del Tribunal Supremo y anunciando que la próxima primavera volverán a plantar esta sustancia. La asociación entiende que la autoproducción de sustancias psicoactivas es un derecho individual reconocido en la constitución y no una conducta que deba penalizarse. Por eso han anunciado que presentarán un recurso de amparo contra la sentencia ante el Tribunal Constitucional.

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