Defensa denuncia a 63 ayuntamientos por no alistar a los reclutas
El Ministerio de Defensa ha denunciado a 63 ayuntamientos del País Vasco y Navarra ante Justicia para que este ministerio decida si insta a la Fiscalía General del Estado a actuar contra ellos por negarse a alistar durante 1996 a los jóvenes de su municipio obligados a cumplir el servicio militar. Más de la mitad de las corporaciones que han sido denunciadas (39) pertenecen a la provincia de Guipúzcoa y más de un tercio del total (25) tienen un alcalde de la coalición independentista Herri Batasuna.
En una respuesta dirigida al senador socialista Heliodoro Gallego Cuesta, el Ministerio de Defensa reconoce tener conocimiento de que la obligación de alistar a los mozos, prevista en, el artículo 9 de la ley del Servicio Militar, "fúe, vulnerada durante el pasado año" por un total de 63 ayuntamientos: 39 de Guipúzcoa, 12 de Vizcaya, tres de Alava y nueve de Navarra. "Estos incumplimientos", agrega la respuesta de Defensa, "han sido puestos en conocimiento de la ministra de Justicia [Margarita, Mariscal de, Gante], por si estima oportuno que el fiscal general del Estado [Jesús Cardenal] promueva el ejercicio de la acción de la Justicia, en el supuesto de que la negativa pudiese ser constitutiva de delito previsto en el artículo 412.1 del Código Penal"Dicho artículo castiga, con penas de tres a doce meses de multa y suspensión de empleo o cargo público de entre seis meses y dos años, al "funcionario público que requerido por autoridad competente, no prestare el auxilio debido para la Administración de Justicia u otro servicio público".
Entre los ayuntamientos denunciados se encuentran los de Hernani, Bergara, Arrasate-Mondragón y Pasaia, en Guipúzcoa; los de Bermeo, Lekeitio y Ondarroa, en Vizcaya; el de Salvatierra, en Álava; y el de Etxarri-Aranatz, en Navarra. En total, hay 25 municipios cuyo alcalde es miembro de la coalición independentista Herri Batasuna (HB), 14 del Partido Nacionalista Vasco (PNV), once de Eusko Alkartasuna (EA), tres del Partido Socialista de Euskadi-Euskadiko Ezkerra (PSE-EE) y diez independientes, aunque muchos de estos últimos están en la órbita de la propia HB.
Uno de los consistorios denunciados por Defensa es el de Oiartzun, en Guipúzcoa, cuyo alcalde, Juan Bautista Iñarra, de HB, fue detenido el pasado jueves por la Ertzaintza y conducido ante en el Juzgado de Instrucción número 2 de San Sebastián por negarse a alistar a los mozos de su localidad. El artículo 9 de la ley del Servicio Militar obliga a los españoles varones, en el año en que cumplen los 17, a alistarse en los ayuntamientos de su residencia.
"Las listas confeccionadas por los ayuntamientos, agrega la ley , "serán remitidas al centro de reclutamiento correspondiente acompañadas de las fichas de inscripción que hubieran recibido e incluirán como alistados de oficio a los nacidos y a los residentes en su municipio que no se hayan inscrito". Varios alcaldes han sido ya inhabilitados para el cargo por negarse a cumplir la ley del Servicio Militar, como Pablo Llorens García, de HB, antiguo responsable municipal de Bargota (Navarra), o Roque Iñarra, del PNV, que lo fue de Antzuola (Guipúzcoa).
Las primeras corporaciones que suprimieron su sección de quintas fueron los de Lezo (Guipúzcoa) y Bera de Bidasoa (Navarra), que o hicieron en 1987.
Posteriormente, muchos otros consistorios, incluidos los más importantes del País Vasco, han aprobado acuerdos municipales en los que se declaran ínsumisos, pero la mayoría de las veces los mismos no han tenido consecuencias prácticas, ya que han seguido enviando periódicamente las listas de mozos a Defensa.
Cuando esto no se produce son los propios centros provinciales de reclutamiento los que suplen a los ayuntamientos y alistan directamente a los jóvenes. Pese a ello, el País Vasco y Navarra son, proporcionalmente, las comunidades que aportan menos reclutas a las Fuerzas Armadas, dado su alto índice de objetores e insumisos.
El rechazo de las ínstituciones vascas a la ley de Objeción de Conciencia dificulta, además, el que los objetores puedan cumplir la prestación social sustitutoria.
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