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El Poder Judicial espera la comunicación del instructor de la trama contra Sogecable para suspender a jueces

El pleno examina hoy la declaración de Liaño de que la justicia es "genuflexa"

El pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó anoche no pedir información al instructor de las diligencias por la trama contra Sogecable, Joaquín Delgado, para decidir la suspensión de los jueces contra los que pudiera dirigir dicho procedimiento. Tras un largo debate, el pleno tomó esa resolución por 12 votos frente a ocho y una abstención. El CGPJ esperará la iniciativa del juez Delgado, aunque la minoría del Consejo defendía que se le preguntara ya al instructor.El CGPJ analizará hoy las declaraciones de uno de los jueces investigados, Javier Gómez de Liaño, quien aseguró que "la gente cree que la justicia es genuflexa, lacaya y servil", como consecuencia de las deferencias del Supremo con el ex presidente del Gobierno, Felipe González, cuando fue a declarar como testigo en el caso Filesa.

En la votación celebrada ayer, la mayoría prefirió esperar a que el instructor, Joaquín Delgado, tome la iniciativa, antes de suspender a algún magistrado. Esa mayoría estaba integrada por los siguientes 12 votos: el presidente del CGPJ, Javier Delgado Barrio; los siete vocales propuestos por el PP; el propuesto por el PNV, y el propuesto por IU, a los que se unieron Manuela Carmena -propuesta por PSOE-IU- y Elisa Veiga, propuesta por el PSOE. Los ocho votos de la minoría corresponden a los seis restantes propuestos por el PSOE -incluido el vicepresidente Luis López Guerra- y los dos de CiU. Se abstuvo Rafael Fernández, designado a propuesta de Coalición Canaria.

Durante la discusión, en la que se barajó la posibilidad futura de suspensión no sólo de Javier Gómez de Liaño, sino de los también magistrados Baltasar Garzón y Joaquín Navarro Estevan, los miembros del CGPJ trataron de interpretar los preceptos de la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ) relativos a esta materia. Prevén la suspensión de jueces y magistrados "cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones" y "cuando por cualquier otro delito doloso se hubiere dictado contra ellos auto de prisión, de libertad bajo fianza o de procesamiento".

El momento de proceder

La polémica jurídica sobre cuál es el momento en que se procede penalmente contra una persona -¿cuando se le llama como imputado o cuando el juez asume la imputación y le inculpa?- afloró ayer en el seno del órgano de gobierno de los jueces. La mayoría de los consejeros optó por esperar a que el instructor designado por el Supremo, Joaquín Delgado, adopte alguna medida que pueda estimarse como proceder en contra de alguien.

Desde dicha mayoría se invocó repetidamente el artículo 384 de la LOPJ, según el cual, en los supuestos indicados "el juez o tribunal que conociera de la causa lo comunicará al Consejo General del Poder Judicial, quien hará efectiva la suspensión, previa audiencia del Ministerio Fiscal".

Algunos consejeros estimaban procedente que el CGPJ recabara de Delgado información sobre el alcance de la instrucción contra Gómez de Liaño, Garzón y Navarro, a raíz de la denuncia presentada por el fiscal general del Estado, Jesús Cardenal. Consideraron que no es correcto que la única información sobre un procedimiento contra jueces la obtenga el CGPJ a través de los medios de comunicación social

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