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Los abogados de Sogecable no creen adecuada ni conforme a derecho la decisión de Liaño

, Horacio Oliva y Antonio González Cuellar, abogados de Sogecable, han presentado un escrito al juez Javier Gómez de Liaño en el que señalan que su decisión de consultar al fiscal y las acusaciones para emprender acciones contra un tribunal superior "no resulta, adecuada ni conforme a derecho". Los letrados han pedido al juez que suspenda las declaraciones del presidente de Sogecable, Jesús de Polanco, y la del consejero delegado, Juan Luis Cebrián, previstas para los días 19 y 20 de este mes, por el escaso tiempo que se les ha dado para acceder al sumario.

Aunque Gómez de Liaño no pedía a las defensas del caso Sogecable opinión sobre si debe actuar penalmente contra los magistrados que le han desautorizado, los abogados de Sogecable han presentado un escrito -de acuerdo con el principio de "igualdad de armas" en el proceso- en el que califican de "impecable" la resolución del tribunal que ordenaba al juez que levantase el secreto de las actuaciones. El amparo dispensado por la Sala a los derechos fundamentales de los imputados en este procedimiento "es expresión de la realización del valor de la Justicia que dispensa iguales garantías para todos los ciudadanos", dice el escrito.

Y añade que no es posible invocar el artículo 408 de la ley del Poder Judicial [que establece la obligación de comunicar al tribunal competente los posibles delitos cometidos por jueces] porque la Sección Segunda de la Sala de lo Penal, superior jerárquico del instructor, "nunca ha podido incurrir en ilicitud de signo alguno por el mero hecho de revocar una decisión de un órgano a ella subordinado".

Los letrados entienden que la actuación de Gómez de Liaño es contraria al mandato del precepto legal que el propio juez invoca, puesto que la norma no establece que el juez recabe la opinión de las partes, sino sólo del fiscal. "El legislador, sabiamente," concluye el escrito, "dispuso que las partes queden al margen de esta cuestión con la finalidad de evitar incitaciones y excitaciones espurias que pudieran anidar en algunos planteamientos".

Supuesta parcialidad

El abogado Manuel Murillo, uno de los acusadores contra el Consejo de Sogecable, declaró ayer que los magistrados que revisan las actuaciones de Gómez de Liaño "no actúan con toda la imparcialidad exigible", actitud que atribuye a un "conflicto personal" surgido como consecuencia' de una supuesta denuncia de Liaño, cuando estaba destinado en el Poder Judicial, contra dos de los magistrados de la Sección Segunda por el retraso en juzgar a un grupo de etarras.

Murillo se refiere al caso del comando Matalaz de ETA. Pero no fue Liaño, sino Pascual Sala, que era presidente del organismo, quien adoptó la iniciativa de investigar el retraso en juzgar al comando y que deparó en la puesta en libertad de varios de ellos. Dos magistrados, efectivamente, fueron expedientados, pero no por la actuación de Gómez de Liaño, y el caso se archivó sin sanción alguna por la Comisión Disciplinaria del Consejo del Poder Judicial el 25 de enero de 1996.

Los dos magistrados en cuestión eran los ponentes del caso Matalaz, Jorge Campos y Manuel Trenzado. Sólo Campos forma parte todavía de la citada Sección Segunda, mientras que el presidente de la misma, Fernando García Nicolás, y el magistrado José Ricardo de Prada se incorporaron al tribunal con posterioridad.

El letrado no parece tener en cuenta que los dos autos en los que se han revocado decisiones de Gómez de Liaño en el caso Sogecable fueron adoptados por unanimidad y que las dos resoluciones fueron redactadas por García Nicolás y De Prada, los dos magistrados que ninguna relación tendrían con una hipotética enemistad con Liaño.

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