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Liaño trata de incriminar a los jueces que le obligaron a levantar el secreto sobre Sogecable

Los abogados defensores no pudieron acceder ayer al sumario

El juez Javier Gómez de Liaño, instructor de la querella contra Sogecable, ha pedido al fiscal Ignacio Gordillo y a las demás acusaciones personadas en la causa que expongan su opinión sobre si los tres magistrados que el martes le ordenaron levantar el secreto de las actuaciones por considerar dicha medida "irrazonable, innecesaria, desproporcioandainadecuada"- podrían haber incurrido en delito o falta. Los abogados de Sogecable no pudieron acceder ayer a las actuaciones, ya que a última hora de la mañana se les notificó que podían ver el sumario cuando el juzgado estaba a punto de cerrar.

A los abogados de Sogecable se les notificó a última hora de la mañana que podían ver el sumario. Pero como el juzgado cierra estos días más temprano que de costumbre, a causa de las festividades de Madrid, no hubo tiempo de acceder a las actuaciones. Dado que hoy -fiesta de San Isidro- está cerrado, no podrán empezar a ver las diligencias antes de mañana, viernes.Tras el levantamiento del secreto sobre las actuaciones, el juez Gómez de Liaño, en una nueva resolución, pregunta al fiscal Gordillo y a las demás acusaciones si a la vista del auto dictado ayer por la Sala "y de otras resoluciones precedentes, idénticas o semejantes dictadas al respecto por el mismo tribunal" sería de aplicación "el artículo 408 de la ley orgánica del Poder Judicial".

Este artículo establece que "cuando otras autoridades judiciales tuvieran conocimiento (...) de la posible comisión de un delito o falta por un juez o magistrado en el ejercicio de su cargo, lo comunicará al juez o tribunal competente, oído el ministerio fiscal".

Fuentes del Tribunal Supremo y del Consejo del Poder Judicial no recordaban ayer precedentes de jueces que hayan tratado de incriminar a los magistrados de un tribunal por haber corregido una de sus decisiones. Al Consejo del Poder Judicial han llegado en algunas ocasiones quejas de magistrados por los términos empleados en resoluciones por algún tribunal de superior rango, pero no es nada frecuente que un juez trate de incriminar a toda una sala por revocar una de sus decisiones.

Junto a la resolución mencionada, Gómez de Liaño ha entregado al fiscal Ignacio Gordillo copias de otras dos autos, en uno de los cuales el mismo tribunal le autorizaba a mantener el secreto del sumario en el caso Lasa Zabala y en la otra confirmaba una decisión del entonces juez central número 3, Miguel Moreiras, sobre el secreto de unas actuaciones en otro asunto.

'Caso Lasa y Zabala'

En un auto de 22 de abril sobre el caso Lasa y Zabala, el tribunal valoraba que una prórroga del secreto decretada por el instructor no era "arbitraria" y estuvo justificada para evitar que las diligencias de investigación pudieran frustrarse.

Gómez de Liaño parece querer contraponer esta resolución, dictada en un sumario en el que se investigan dos asesinatos, con la investigación de Sogecable, en la que persigue una supuesta apropiación indebida. En este último caso, sin embargo, el tribunal ya explicaba que el secreto "debe ser congruente con el valor que se pretende garantizar".

Además, la Sección Segunda anuló la prohibición de salir de España a Jesús de Polanco y otros consejeros de Canal Plus, por considerarla "arbitraria" y "desproporcionada".

Fuentes próximas al magisrado señalaron que la providencia contempla tres posibilidades: la de la comisión de un delito por arte del presidente de la Sección Segunda, Fernando García Nicolás, y los magistrados Jorge Campos Martínez y José Ricardo de Prada, que sería competencia del Supremo; la comisión de una simple falta, que sería competencia de los juzgados de Plaza de Castilla; o que la falta supuestamente cometida fuese de carácter disciplinario, en cuyo caso la competencia correspondería al Consejo General del Poder Judicial.

La resolución no menciona de qué tipo de delito o falta simple pudiera tratarse, aunque la responsabilidad penal de jueces y magistrados por delitos en el ejercicio de su cargo es exigible por prevaricación dolosa o culposa, denegación de justicia o retardo malicioso, al margen de otros delitos especiales derivados de su condición.

El juez dirige la consulta al fiscal y a las acusaciones "sin perjuicio de abrir igual trámite para las defensas de los querellados".

En otra providencia distinta, Liaño ordena que se investigue una presunta falsedad observada en el acta de la declaración de uno de los consejeros de Sogecable, en concreto Gregorio Marañón. Según su resolución, el propio juez dice haber comprobado ayer mismo que en dicha acta se ha suprimido una frase en la que Marañón decía que "había pedido informes a catedráticos, economistas y magistrados". Según fuentes judiciales, al repasar la declaración, Liaño habría comprobado que en vez de esta frase figuraba que fue "asesorado por expertos". No obstante, la frase supuestamente sustituida no consta en la providencia del juez.

En un auto también dictado ayer, el juez, a instancias del fiscal Gordillo, pide a Fomento informes sobre la concesión de Canal +. También pide a Economía y Hacienda copia del acuerdo del Consejo de Ministros que aprobó el contrato SogecableTelefónica sobre Cablevisión.

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