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El Gobierno quiere limitar el control de los secretos a sólo tres magistrados del Supremo

Miguel González

Una Comisión de Secretos de Estado, compuesta por el presidente del Supremo y otros dos magistrados de dicho tribunal, será la encargada en el futuro de confirmar o revocar la decisión del Consejo de Ministros de negar a un juez la desclasificación de un documento secreto. Así lo dispone el anteproyecto de ley de Secretos de Estado, elaborado por el Gobierno, que será remitido en breve al Congreso. El Ejecutivo, que ha modificado sustancialmente el texto redactado en agosto del año pasado, acepta ahora el control judicial de los secretos, pero quiere limitarlo a tres jueces del Tribunal Supremo.

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El Gobierno pretende evitar que se repita una situación como la que se ha producido con los papeles del Cesid, que han sido parcialmente desclasificados por el Tribunal Supremo, tras cuatro días de debate entre los 33 magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Aunque el Ejecutivo ha adelantado que acatará la sentencia, y desclasificará en su reunión del próximo 4 de abril 13 de los 16 documentos sobre la guerra sucia, también se propone llenar el vacío legal que existe actualmente, remitiendo cuanto antes al Congreso el anteproyecto de Ley Orgánica de Secretos de Estado.En dicho anteproyecto se ha introducido un artículo por el que se crea la denominada Comisión de Secretos de Estado, compuesta por tres magistrados del Tribunal Supremo. Su presidente será el mismo que el del Supremo, mientras que los otros dos miembros los elegirá la Sala de Gobierno de dicho tribunal.

Resolución motivada

Cuando un juez o tribunal considere necesario para un procedimiento penal conocer un documento secreto, deberá solicitar su desclasificación al Consejo de Ministros que, mediante resolución motivada, concederá, total o parcialmente, o denegará la petición. En este último caso, el juez o tribunal podrá reiterar la solicitud ante la Comisión de Secretos de Estado, que confirmará o modificará la decisión del Consejo de Ministros. Contra el fallo de estos tres jueces del Supremo no cabrá recurso, salvo el de amparo ante el Constitucional.La creación de la Comisión de Secretos de Estado es la principal novedad, pero no la única, respecto al anteproyecto de ley que el Gobierno decidió el pasado 23 de agosto enviar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para su informe previo. Para empezar, ha cambiado incluso el nombre del texto: antes se llamaba Ley Orgánica de Secretos Oficiales y ahora se denomina Ley Orgánica de Secretos de Estado.

Pero, además, se han suprimido o suavizado los aspectos más polémicos del proyecto, como la imposición de sanciones administrativas a la prensa por publicar secretos o el establecimiento de un plazo de 50 años para que los documentos queden automáticamente desclasificados. Aquel texto fue duramente contestado por la opinión pública y recibió un severo varapalo del CGPJ, hasta el punto de que el presidente del Gobierno, José María Aznar, se vio obligado a reconocer públicamente que había constituido "un error".

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La introducción del control judicial de los secretos, que no se contemplaba en el proyecto original, ha sido fruto de la evolución del proceso por los papeles del Cesid, pero también de las recomendaciones del CGPJ, que el Gobierno ha aceptado en su práctica totalidad.

El informe del Poder Judicial advertía que "el anteproyecto habrá de arbitrar un cauce procesal específico ante el Tribunal Supremo, con el fin de conciliar los valores constitucionales protegidos por el secreto de Estado con los derechos reconocidos en el artículo 24 de la Constitución [tutela judicial efectiva] y siempre que durante el desarrollo de dicho cauce procesal se garantice la efectividad del secreto".

El Gobierno también ha aceptado la recomendación del CGPJ de que el Consejo de Ministros sea el único órgano competente para clasificar un asunto como secreto. En el texto aprobado en agosto, esta capacidad se ampliaba a Ios ministros competentes por razón de la materia", mientras que en el proyecto actual la única facultad de los ministros es la de proponer al Gobierno la clasificación de un asunto o documento.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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