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La grúa ya puede retirar los coches mal aparcados aunque no estorben

El Parlamento se plegó ayer por fin a las peticiones largamente reclamadas por los ayuntamientos para dotarles de competencias en materia de circulación. Por unanimidad de Iodos los grupos políticos -319 votos a favor, ninguno en contra-, las autoridades municipales gozan ahora de respaldo jurídico para que la grúa pueda retirar un coche de la zona azul si ha superado el tiempo de aparcamiento autorizado.

A los gabinetes jurídicos especializados en multas de tráfico urbanas, los recursos se les ponen cuesta arriba. Hasta ahora los ganaban casi todos. Pero cuando se publique en el BOE la nueva normativa, tendrán que afinar más en sus alegaciones ante los tribunales contra las sanciones de circulación municipales.Los ayuntamientos, después de años de presionar al Parlamento a través de la Federación Española de Municipios y Provincias, lograron ayer dotar de respaldo jurídico sus competencias en materia de circulación, muy deficientes en comparación con las que regulan el tráfico por carretera. Con la reforma de la Ley de Tráfico aprobada ayer se aclaran esas competencias, en particular las que permiten a las autoridades municipales inmovilizar y retirar vehículos de las vías urbanas e interurbanas, bien porque estorben o porque hayan soprepasado el tiempo autorizado para aparcar.

La reforma entrará en vigor en cuanto aparezca publicada en el Boletín Oficial del Estado. Aunque no estará plenamente desarrollada en tanto los ayuntamientos no redacten las ordenanzas municipales que regulen el régimen de parada y estacionamiento de cada ciudad o municipio.

Entre tanto, queda prohibido aparcar en supuestos de escasa visibilidad y en los carriles reservados, en zonas azules, de carga y descarga, uso reservado a minusválidos, sobre aceras, paseos y zonas de uso peatonal, en los vados señalizados correctamente y en doble fila.

También se agravan las infracciones generales de circulación. Así, pasan a considerarse infracciones graves, castigadas con multas de hasta 50.000 pesetas y la retirada del carné durante tres meses, en aquellos casos en que los conductores circulen con negligencia, arrojen a la vía pública objetos que puedan provocar incendios, superen los límites de velocidad, cambien de dirección o adelanten sin que esté autorizado. El estacionamiento o la parada en lugares peligrosos para la circulación, circular sin alumbrado o deslumbrar, así como realizar obras o colocar señales en la vía pública sin permiso, queda sancionado con el mismo castigo.

En el mismo paquete legal, la Dirección General de Tráfico ha introducido dentro de las conductas calificadas de muy graves (tres meses de retirada de carné y 100.000 pesetas de multa), la conducción bajo el efecto de bebidas alcohólicas o psicotrópicas (drogas), no someterse a las pruebas de alcoholemia o detección de sustancias estimulantes, circular con temeridad, no prestar socorro en caso de accidente y realizar carreras no autorizadas entre vehículos.

Quienes paguen las multas dentro de los diez días a partir de la notificación tendrán una rebaja del 20%. Por último, las Administraciones se hacen un regalo frente a los administrados: amplían de dos a tres meses el periodo de prescripción de las infracciones.

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