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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

¿Elección o selección?

EL GOBIERNO cree haber encontrado la fórmula mágica para que donde caben dos quepan tres, aunque se trate de estudiantes en un aula. Así se entiende el entusiasmo con el que la ministra de Educación, Esperanza Aguirre, lanza las campanas al vuelo anunciando que ya ha llegado la, hora de que las familias elijan su colegio preferido. Esta fórmula mágica se plasma en el anteproyecto de real decreto que amplía la libertad de elección de centro educativo. Como idea, y como banderola, resulta atractiva. Pero en cuanto se hacen números (plazas, puntos y pesetas), surge una cuestión de fondo sobre la manera de entender el sistema educativo: ¿tienen derecho a seleccionar a sus alumnos los centros públicos y privados concertados, que se financian con los impuestos de todos los ciudadanos, en un tramo de escolarización obligatoria?El ministerio sostiene que su norma tiene una sola cara: la libertad de elección. Se trata en realidad de libertad de petición. Lo demás es libertad de selección desde los centros. Actualmente, cualquier estudiante puede entrar en cualquier colegio público o concertado, siempre que haya plazas libres. Sucede que muy a menudo no hay suficientes vacantes. A los aspirantes se les aplica entonces, un baremo de admisión, de forma que entra el que más puntos reúne.

Después de idas y venidas, los socialistas establecieron como criterio determinante la cercanía del domicilio. Los populares han decidido ampliar las zonas y que puntúe igual el vivir cerca del centro que el que los padres. -uno o ambos- trabajen cerca del colegio elegido.

En sí mismas,son medidas irreprochables, que podrían ampliar las posibilidades de elección de las familias.Pero ¿cómo se transforma entonces la elección por parte de las familias en selección por parte de los centros? Atribuyendo, como lo hace el proyecto de decreto,1,5 puntos del baremo de admisión de alumnos a "cualquier otra circunstancia libremente apreciada por el órgano competente del centro de acuerdo con criterios públicos y objetivos": una medida que se presta a arbitrariedades, sobre todo si se tiene en cuenta que, para el caso de los centros concertados, es el director el que decide, eso sí, con la garantía del consejo escolar, mientras en los centros públicos ha de ser sólo el consejo escolar.

Los responsables ministeriales resaltan el detalle de que tener hermanos en el centro valdrá mucho más que antes. Es cierto y es razonable. Pero esto no evita que la selección pueda conducir, en el caso de los concertados, a que el centro se abastezca de una línea de clientes que acabe consagrando la existencia de colegios privadísimos pagados con fondos públicos.

Sería injusto negar el pan y la sal a los centros concertados, que cumplen un muy destacado papel en la educación del país, pero es razonable esperar que se ajusten a las mismas pautas de actuación que los públicos, ya que su fuente de financiación es idéntica. Y no parece que les vaya a empujar en esa dirección el real decreto, al que aún esperan dos meses de tramitación (Consejo de Estado y Consejo Escolar del Estado) antes de llegar al Consejo de Ministros. Algunos de sus contenidos pueden aún rectificarse y mejorarse. Pero incluso así, no cabe pasar por alto que esta norma tiene una aplicación limitada a las 10 comunidades autónomas que aún están tuteladas por el minitisterio en este ámbito educativo, gestión a la que se pretende poner fin el próximo año con los nuevos traspasos de competencias.

La escuela que financia el Estado, sea pública o privada concertada, debe acoger a todo tipo de alumnos, de mejor o peor rendimiento, de más o menos recursos económicos, de minorías étnicas o con especiales necesidades educativas. Paradójicamente, reforzar la capacidad de selección de los centros puede dejar fuera a los más desfavorecidos.

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