La jerga de las hipotecas
La jerga financiera es tan rica como complicada. El cliente se encuentra con palabras que ya le son familiares, pero que requieren explicación. Éstas son las principales: Cancelación. Es la operación de liquidar un crédito. Puede hacerse al vencimiento del crédito ' o bien anticipadamente. Los bancos cobran una comisión por cancelarlo anticipadamente del 1% de la deuda que queda en los variables y hasta del 2,5% en los fijos que pasen a variables.
Cancelación de hipoteca. Cuando se termina de pagar un préstamo hipotecario el banco lo certifica. Con ese certificado se va al registro de la propiedad y se inscribe el piso libre de cargas hipotecarias.
Comisión de apertura. ,Es la cantidad que cobra el banco o caja por conceder la operación. Es el 0,5% del valor del crédito una vez tasado el piso. En 10 millones suponen unas 50.000 pesetas.
Impuesto de transmisiones. En la vivienda de segunda mano se paga este impuesto que supone un 6% del valor del inmueble. En la vivienda nueva se paga un 6% de IVA.
Índices de referencia. Son medias de los tipos de interés que calculan los bancos, las cajas o el mercado interbancario y sirven para ligar a ellos las revisiones de los tipos variables. Se revisan periódicamente.
Novación. Cuando un cliente renegocia con su propio banco unas nuevas condiciones para un crédito ya suscrito. Esta figura genera unos gastos notariales que ahora se reducen un 50%.
Registro de la Propiedad. Listado donde se inscriben todas las operaciones de escritura pública de hipotecas. Esta labor la realizan los registradores de la propiedad. La tarifa actual para un crédito de 10 millones es de unas 25.000 pesetas, que también se reduce en un 50%. Ahí figuran las cargas hipotecarias de cada inmueble inscrito.
Subrogación. Un cliente suscribe las condiciones de un préstamo de otro cliente y asume sus condiciones o las cambia. También una entidad se puede subrogar de una operación de otra.
Tasación. Es la cifra en que valora el banco el inmueble objeto de la operación. Hasta ahora los bancos y cajas concedían créditos por el 80% del valor de tasación, pero ya algunas entidades dan préstamos por el 100%.
Tipo fijo. Es el tipo de interés que el cliente y la entidad pacta para toda la vida del préstamo que suele ser desde un mínimo de 10 años y un máximo de 25 años.
Tipo variable. Tipo de interés pactado que varía según el mercado. Normalmente se liga la evolución del tipo a los índices hipotecarios de referencia.
TAE (Tasa anual equivalente). Es el interés nominal mas el coste de las distintas comisiones.
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