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Fallo del Tribunal Europeo contra el despido de una directora española

Xavier Vidal-Folch

El Tribunal de Luxemburgo ha anulado el despido de una alta funcionaria española del Parlamento Europeo, la directora general de la institución Carmen Gómez de Enterría, decidido hace más de un año por la Mesa de la Cámara. El tribunal -en primera instancia- considera que la Mesa impidió a la funcionaria "hacer valer útilmente sus intereses frente a la medida", es decir, violó sus derechos de defensa. El tribunal condena al Parlamento a pagar las costas, aunque no le ordena reincorporar a Enterría, algo que decidirá próximamente.Enterría, directora general de Traducción y Servicios Generales, era la funcionaria española de mayor rango más antigua del Parlamento. La rescisión de su contrato se produjo a iniciativa del todopoderoso secretario general, el italiano Enrico Vinci, en una reorganización de los servicios que afectó a cuatro altos cargos. Dos de ellos (el 50%), la afectada y otro, eran españoles.

A todos se les aplicó el famoso artículo 50 de los funcionarios comunitarios, por el que las direcciones pueden prescindir de los altos cargos "por necesidades del servicio". Muchos funcionarios con antigüedad aspiran a que se les aplique ese artículo, que supone una jubilación de lujo. Ha sido el caso de Francisco Fernández Fábregas, el más alto burócrata español del Consejo de Ministros, quien ha dejado ese puesto clave para incorporarse como responsable -¡de Protocolo!- de la Casa del Rey.

Pero a Enterría le interesaba más el trabajo que el dinero. Por eso presentó recurso, algo que en la historia sólo han hecho ocho personas. Ha ganado porque, aunque el artículo 50 otorga a las instituciones "un amplio poder discrecional" sobre esos relevos, no pueden aplicarlos sin límites. Para evitar cacicadas, se les obliga a motivar la decisión y a posibilitar que el funcionario "haya tenido con antelación la oportunidad de hacer valer eficazmente sus derechos", dice la sentencia.

El tribunal reconoce que el Parlamento violó el "derecho de defensa". El 30 de noviembre de 1994 la cúpula del Parlamento le dijo que se prescindía de sus servicios por "medidas de reorganización" e interés del servicio"; el 19 de diciembre le comunicó el despido por necesidad de una "nueva atribución de competencias" teniendo en cuenta la ampliación nórdica de la UE. Las diferentes causas alegadas le impidieron defenderse ante el Parlamento. El relevo se decidió sin que la Mesa la escuchase. El tribunal ha examinado sólo una de las seis alegaciones de Enterría y del propio juez ponente, la violación de los derechos de defensa.

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