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PLAN DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA

Rato asegura que la recaudación aumentará con las medidas, que beneficiarán a las rentas medias

El vicepresidente y ministro de Economía, Rodrigo, Rato, aseguró ayer que las medidas fiscales aprobadas por el Gobierno, en su conjunto, no tendrán coste fiscal. Sólo especificó que las mayores reducciones en el sistema de módulos supondrán una menor recaudación de 20.000 millones de pesetas entre este año y el próximo. Los 150.000 millones que en el primer año costará la actualización de balances para las empresas se compensará con creces por un peaje de 300.000 millones. Rato aseguró que el nuevo tratamiento de las plusvalías beneficiará a la mayoría de los ciudadanos y no especialmente a los más ricos. Para los fondos de inversión, la novedad es que dejarán de tributar a los siete años.

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Entre las medidas fiscales aprobadas ayer, las de mayor impacto son la actualización de balances para las empresas y el nuevo tratamiento fiscal de las plusvalías. La primera de ellas se aplicará ya en el ejercicio que se cierra a 31 de diciembre de este año y tendrá efectos fiscales el año próximo, cuando las empresas declaren su impuesto de sociedades. Las empresas podrán revalorizar sus activos (edificios y maquinaria sobre todo) de acuerdo con una inflación acumulada del 100% desde la última actualización llevada a cabo en el año 1983.Esta medida supone duplicar el valor de los activos y es especialmente interesante para las empresas que tienen beneficios. Podrán dedicar mayores cantidades a la amortización de estos activos, deducirlas de los beneficios y pagar menos en el impuesto de sociedades. Rodrigo Rato explicó ayer que el coste recaudatorio de la actualización sólo para las empresas con beneficios sería de 150.000 millones de pesetas.

Por ello, se ha decidido aplicar un peaje del 3% sobre los activos revalorizados, lo que supondrá una recaudación de 300.000 millones de pesetas, según el vicepresidente. Rodrigo Rato dio ayer a entender que se daría por satisfecho si al final todo se compensa y afirmó que "las actualizaciones de balances llevadas a cabo hasta ahora se habían hecho sin coste recaudatorio".

Tratamiento de plusvalías

La otra gran medida aprobada que, según Rato, supone "un cambio radical" es el nuevo tratamiento fiscal de las plusvalías en el impuesto sobre la renta. Con carácter general, los incrementos de patrimonio producidos por la diferencia entre el valor de compra y el de venta de inmuebles, acciones o fondos de inversión adquiridos a partir de la fecha de publicación en el BOE de este cambio legislativo, tributarán a un tipo fijo del 20%. El valor se corregirá de acuerdo con la inflación acumulada en los años de tenencia del bien. Si en lugar de plusvalías hay minusvalías (se pierde dinero con la venta), éstas podrán deducirse y no como hasta ahora. Las primeras 200.000 pesetas de plusvalía estarán exentas.Hasta el momento, cualquier plusvalía tributaba de forma inversamente proporcional al número de años transcurridos entre la compra y la venta. Para los inmuebles, la tributación era cero a partir de los 20 años e iba aumentando a medida que disminuían los años. Para las acciones, el plazo era de 10 años y para otros bienes, entre ellos los fondos de inversión, a los 15 años. El incremento de patrimonio calculado de esta manera debía tributar al tipo medio del IRPF que le resultara al sujeto pasivo del impuesto. Es decir, a mayor renta global, mayor era la tributación de las plusvalías.

El cambio de un sistema a otro se hará de forma gradual mediante un régimen transitorio que reduce a la mitad el número de años para calcular el incremento de patrimonio. Así, las viviendas, acciones o fondos de inversión, tributarán a un tipo cero a los diez años a los cinco y a los siete, respectivamente. Esos plazos cuentan hasta el 31 de diciembre de 1996, de forma que las ventas de bienes comprados con anterioridad a esa fecha y que se vendan después tributarán por un sistema mixto.

Por ejemplo, una vivienda comprada hace ocho años y vendida dentro de dos, tributará en parte por el sistema anterior aunque con unos coeficientes multiplicados por dos. De esta forma, su plusvalía en esos ocho primeros años será la mitad respecto de la que resultaría de aplicar el sistema vigente hasta ahora. El incremento de patrimonio obtenido en los dos años restantes tributará al tipo fijo del 20%. El mismo ejemplo se aplicará a los fondos de inversión que no lleguen a los siete años y a las acciones que no superen los cinco.

Rodrigo Rato negó ayer que el nuevo tratamiento de las plusvalías suponga beneficiar a las rentas más altas. Explicó que en España hay 3,5 millones de personas que tienen fondos de inversión y eso representa la mitad de las familias españolas", dijo Rato. Esas rentas que ahora se van a beneficiar provienen, en su mayor parte, del trabajo "y lo que hacemos es darles la posibilidad de tomar decisiones de inversión sin que el elemento fiscal y la temporalidad se lo impidan", añadió. Éste era un prIvilegio, en opinión del vicepresidente, que sólo disfrutaban los más ricos al utilizar sociedades interpuestas.

Impuesto de sucesiones

Las empresas familiares tendrán una exención del 95% en el impuesto de sucesiones en las transmisiones de padres a hijos y entre cónyuges, siempre que se mantenga la propiedad durante 10 años. En las herencias de pisos estarán exentos de tributar los primeros 20 millones de pesetas. En el impuesto de sociedades, se podrá deducir un millón de pesetas por cada empleo estable creado para mayores de 45 años.Otra de las medidas fiscales adoptadas ayer por el Gobierno supondrá un ahorro fiscal para los pequeños empresarios sujetos al sistema de estimación de su renta por módulos de 7.000 millones de pesetas este año y otros 13.000 millones en 1997. Consiste en que el porcentaje de reducción que se pueden aplicar sobre su rendimiento neto pasará del 8% actual al 15%. Además, uno de los parámetros que pondera a la hora de calcular ese rendimiento, el del empleo, no se penalizará para los puestos creados a partir de ahora.

Además se eliminará la doble imposición de dividendos y plusvalías de entidades no residentes en territorio español. Para ello, se deducirá en la cuota íntegra del impuesto el 35% de los dividendos de fuente extranjera y de las plusvalías generadas por dichas entidades, siempre que respondan al incremento neto de los beneficios obtenidos por la entidad participada durante el tiempo de tenencia de la participación. También habrá una deducción en la cuota de los impuestos pagados a socidades de tenencia de valores extranjeros. Ésta se aplicará en participaciones iguales o superiores al 5%.

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