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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El nuevo Código

LA ENTRADA en vigor de un Código Penal de nueva planta constituye un acontecimiento histórico. El que rige desde ayer en España sustituye a un esquema de penas que permanecía inmóvil en sus líneas esenciales desde hace siglo y medio, a pesar de las profundas reformas hechas con posterioridad. Pero la promulgación de la Constitución democrática de 1978, en clara y tajante ruptura con el sistema autoritario precedente, hacía ineludible que los españoles contaran con un Código Penal acorde con esos principios y tutelador de los valores de una convivencia en libertad.Sobre el llamado "Código Penal de la democracia", al que se ha calificado también de "Constitución en negativo", se han hecho ya infinidad de valoraciones, todas ellas globalmente positivas. En especial se ha resaltado el acierto del tratamiento punitivo dado a toda un serie de conductas contra el orden socioeconómico, la regulación de los delitos relativos a la ordenación del territorio y de los recursos naturales, y la ampliación del carácter terrorista a aquellos grupos que, sin aparecer expresamente vinculados a ninguna organización, actúan con el claro propósito de subvertir el orden constitucional. Sin embargo, algunos achacan al nuevo Código, y con razón, un olvido imperdonable de las víctimas del delito, que siguen siendo unos meros convidados de piedra en el proceso penal.

Pero a partir de ahora se trata de poner el nuevo Código en marcha y que su aplicación se lleve a cabo sin desnaturalizar su contenido. Para ello harán falta una buena dosis de voluntad política por parte del Gobierno, la colaboración sin reticencias de los jueces y los medios e infraestructuras imprescindibles para su desarrollo. Voluntad política por parte del Gobierno, en primer lugar. ¿Pero la tendrá un Gobierno que prometió congelar el nuevo Código Penal cuando era oposición? Esa es la principal incógnita que planea sobre el desarrollo del nuevo Código. Y no basta para despejarla, aunque sea un buen síntoma, el comunicado hecho público por la ministra de Justicia señalando el inequívoco compromiso del Gobierno con el cumplimiento de las leyes emanadas del Parlamento y su disposición a obtener los recursos presupuestarios necesarios para la aplicación del nuevo Código. Como declaración de intenciones está bien. Pero a partir de ahora habrá de materializarse en disposiciones concretas. La oposición parlamentaria ya ha anunciado que estará vigilante. Y es lógico que lo esté vistos los antecedentes extremadamente beligerantes de la actual mayoría gobernante contra la aprobación del Código que ayer entró en vigor.

De entrada, la aplicación del nuevo Código no va a suponer la excarcelación de 13.000 reclusos como electoralmente avanzó el Partido Popular. Serán apenas unos 500 reclusos los que paulatinamente serán puestos en libertad a medida que los jueces revisen su situación penitenciaria de acuerdo con el nuevo sistema de peritas. La alarma del Partido Popular por los posibles efectos del nuevo Código sobre la seguridad ciudadana ha resultado infundada. Tanto mejor para él. Como Gobierno, será el principal beneficiario de aquel malintencionado error de cálculo cometido cuando era oposición.

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En todo caso, el Gobierno popular tiene por delante una ingente tarea tanto legislativa como logística para el desarrollo del nuevo Código. En el ámbito legislativo deberá promover fundamentalmente una ley penal juvenil como contrapartida a la elevación de la mayoría de edad penal de los 16 a los 18 años contemplada en el nuevo Código. Sin una ley que dé una respuesta punitiva específica -centros y sistemas penitenciarios adecuados- a la delincuencia juvenil, la elevación de la mayoría de edad penal a los 18 años será meramente retórica. Como lo serían otras disposiciones importantes del nuevo Código -en especial los arrestos de fin de semana en las condenas por delitos menores y el tratamiento previsto para los toxicómanos condenados a penas inferiores a tres años- si no se cuenta con los centros de cumplimiento y de deshabituación necesarios. Sin éstas y otras medidas, el nuevo e histórico Código apenas sería otra cosa que una carcasa sin contenido.

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