El juez Garzón acusa a Herri Batasuna de "colaborar activamente" con ETA militar
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón prohibió ayer la difusión de un nuevo vídeo y un cuña radiofónica remitidos por Herri Batasuna a TVE y a RNE para su emisión en los espacios gratuitos de propaganda electoral. En los dos nuevos autos dictados por el magistrado sobre este asunto se acusa a Herri Batasuna de "colaborar activamente" con ETA militar. El juez precisa que HB incurre en delito de colaboración con banda terrorista pues "está coadyuvando a dichos fines -la subversión del orden constitucional a través de la violencia- con más eficacia que si diera cobijo a un miembro de un comando o transporte a quien vaya a pasar la frontera".
El magistrado recibió ayer un nuevo vídeo de HB, que se une a los dos prohibidos con anterioridad por este mismo juez, por ser su contenido delictivo, y una cuña radiofónica que, según Garzón, reproduce los mismos postulados.El primero de los vídeos era una grabación en que tres encapuchados, armados con pistolas, presuntos miembros de ETA, hacían propaganda de sus ideas. Copias de esa cinta fueron difundidas en reuniones convocadas por Herri Batasuna en diversos locales del País Vasco y Navarra. El magistrado ordenó que los soportes y copias del documentos fueran incautados.
Un segundo vídeo, resumen del anterior, fue remitido por HB a TVE como propaganda electoral para ser emitido en los espacios gratuitos cedidos para la campaña del 3-M. Este segundo documento corrió la misma suerte que el primero.
El nuevo vídeo es una reproducción del segundo, aunque los planos en los que aparecían los etarras encapuchados han sido sustituidos por la expresión "Censurado" en grandes letras rojas en un recuadro, que ocupa la pantalla en diagonal y con un fondo negro o rayado. En un logotipo fijo figura la frase "Botatu Herri Batasuna" (Vota Herri Batasuna).
El juez destaca que la representación legal de Herri Batasuna "en vez de cesar en la progresión presuntamente delictiva se mantiene en ella, por cuanto con el vídeo mutilado y manteniendo la misma maqueta y grabación se reitera el mismo mensaje a la vez que se imputa censura". El hecho de que se acuse a la actuación judicial de censura es lo que mantiene la progresión delictiva, cuando lo que ha hecho es intervenir las pruebas del presunto delito de colaboración con banda armada cometido y tratar de evitar que el delito se reproduzca.
Garzón destaca que "HB colabora activamente con ETA militar, transpasando los límites de la libertad de expresión, ( ... ) e invade abiertamente la esfera del derecho penal", por cuanto con ese vídeo HB asume los postulados de ETA, trata de favorecer la instauración de la coacción y amenaza en el ciudadano, limitando la autonomía de la libertad de voto. Con ello HB consigue uno de los objetivos que persigue ETA con sus crímenes y secuestros, la subversión del orden constitucional a través de la violencia, y por ello "está coadyuvando a dichos fines con más eficacia que si diera cobijo a un miembro de un comando o transporte a quien vaya a pasar la frontera".
El magistrado indica también en las dos resoluciones dictadas ayer que el ejercicio de la libertad de expresión "no puede restringirse mendiante ningún tipo de censura previa". Pero Garzón agrega que las libertades tienen su límite negativo precisamente en el respeto de otros derechos, entre los que se encuentran la vida y la libertad.
El mismo criterio aplica el juez a la cuña radiofónica de la que señala que debido a su incidencia en la ciudadanía deben adoptarse medidas de carácter urgente para prevenir el normal y libre desarrollo de la campana, eliminando comportamientos delictivos que limiten la necesaria libertad y autonomía para la emisión del voto.
Coacción y amenaza
El auto de Garzón en su segundo razonamiento jurídico reza así: "La representación legal de Herri Batasuna colabora activamente con ETA militar, traspasando los límites de la libertad de expresión, derecho fundamental protegido por el artículo 20. 1º a) de la Constitución Española, e invade abiertamente, como queda dicho, la esfera del derecho penal a través del artículo 174 bis a), por cuanto con ese vídeo Herri Batasuna, persona jurídica con existencia legal, al asumir los postulados de ETA, trata de favorecer la instauración de la coacción y amenaza en el ciudadano limitando la autonomía para ejercer libremente su derecho al voto en una convocatoria electoral, con lo cual consigue uno de los objetivos que persigue la organización terrorista con sus actividades delictivas (asesinatos, coacciones, detenciones ilegales, etc.), cual es la subversión del orden constitucional a través de la violencia, y por ende, está coadyuvando a dichos fines, con más eficacia que si diera cobijo a un miembro de un comando o transporte a quien vaya a pasar la frontera".
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