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Cuotas de los ayuntamientos

Las corporaciones locales -ayuntamientos y diputaciones- no es tán obligados a pagar una sobre cuota a la Seguridad Social en concepto de cotización de sus funcionarios. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo estimando par cialmente un recurso presentado por el Colegio Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración local contra un decreto de 1993 en el que se fijaban. las condiciones de íntegración de los funcionarios municipales en el régimen géneral de la Seguridad Social. Gracias a este fallo los ayuntamientos se ahorrarán unos 30.000 millones de pesetas anuales, según estimaciones de la Federación de Municipios de Cataluña. El decreto anulado por el Constitucional fijaba, una cotización extraordinaria de las corporaciones locales del 8,20% por el personal activo.

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