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El Supremo no admite trabas en la investigación de delitos

El planteamiento de un conflicto de jurisdicción entre la Administración y el juez Garzón, tras la negativa del Gobierno a entregar determinados documentos del Cesid sobre los GAL, es considerado "posible" en fuentes jurídicas, como mecanismo para zanjar las interpretaciones contrapuestas del juez y el Ejecutivo. Sin embargo, fuentes judiciales recuerdan que la reciente doctrina del Supremo no admite trabas ni obstáculos en la investigación de delitos.Tales fuentes estiman más probable que Garzón comunique al Supremo la posible comisión por el ministro de Defensa, Gustavo Suárez Pertierra, de un delito de denegación de auxilio a la justicia. Magistrados del Tribunal Supremo señalan que la sala segunda de lo penal ha desautorizado recientemente la doctrina establecida en 1989 para avalar la negativa del entonces ministro del Interior José Barrionuevo a revelar a Garzón el uso de los fondos reservados.

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Dos resoluciones de 1995, de las que han sido ponentes José Antonio Martín Pallín y Ramón Montero, niegan que el secreto debido ampare la negativa del funcionario a la investigación penal. Para el Supremo, "en manera alguna tal secreto puede ser obstáculo para la investigación de un tipo delictivo concreto

El catedrático y ex ministro de Hacienda Jaime García Añoveros criticó el martes pasado -en la presentación del libro del juez Joaquín Navarro Manos sucias. El poder contra la justicia- el intento del Ejecutivo de "excluir del control Judicial los fondos reservados y determinados documentos del Cesid". Navarro elogió la nueva doctrina del Supremo y estimó delictiva la pretensión de eludir a los jueces.

En cuanto al posible conflicto de jurisdicciones, otras fuentes judiciales estiman que es planteable para cuestiones formales o procesales, pero no frente a la investigación de un delito, ya que la retrasaría. El magistrado José Antonio Alonso, portavoz de Jueces para la Democracia, apuntó que en estos casos "debe ser el Parlamento la instancia mediadora entre los poderes ejecutivo y judicial, siempre que, en caso de existencia de delito, lo comunique a este último".

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