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Un juez ve normal que se adjudiquen las obras de dos polideportivos en uso

La justicia considera que el Gobierno municipal no cometió prevaricación ni falsedad en documento público por la concesión de las obras de dos polideportivos, los de Palomeras y Pueblo Nuevo. Así que el Juzgado de Instrucción número 30 de Madrid ha archivado y desestimado la querella presentada por el PSOE en octubre de 1994 contra el alcalde, José María Álvarez del Manzano, y 10 de sus ediles.

Juan Barranco, portavoz del grupo socialista, presentó la denuncia por un presunto delito de prevaricación -dictar una resolución injusta a sabiendas- porque en marzo de 1993 se adjudicaron obras en los polideportivos de Pueblo Nuevo y Palomeras (a las constructoras Ortiz y Cía., por 105 millones, u Ocisa, por 65 millones, respectivamente), cuando ambos centros habían sido inaugurados en 1992. La sentencia, con fecha 15 de julio, indica que "las obras de los polideportivos citados no finalizaron en junio de 1992, al margen del dato de inauguración (que es inocuo a efectos jurídicos), sino que, en relación con el polideportivo de Pueblo Nuevo, pese a entregarse el edificio de vestuarios en septiembre de 1992, las obras continuaron hasta diciembre de 1993, simultaneándose el uso del edificio con la terminación de las obras".En relación con las piscinas de Palomeras, el juzgado indica que sucedió algo similar: "Se abrieron al público en junio de 1992, simultaneándose igualmente su uso con la finalización de las obras, que terminaron en mayo de 1993.

El grupo socialista había considerado ficticias las fechas de adjudicación, ya que las obras estaban terminadas con anterioridad a las fechas del concurso.

José María Álvarez del Manzano, satisfecho por la decisión judicial, indicó ayer: "un a vez más, el juez ha ordenado que se archiven las acusaciones porque no existe atisbo de prevaricación o irregularidad en las actuaciones".

La denuncia de Barranco, aunque dirigida a toda la comisión de gobierno, recaía sobre todo en la Concejalía de Obras y en su titular, Enrique Villoria. Sobre el concejal, la. sentencia indica que "la conducta del imputado Enrique Villoria no reviste los catacteres de delito".

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