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Estrasburgo avala una prisión preventiva dictada por Garzón

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dependiente del Consejo de Europa y con sede en Estrasburgo, notificó ayer una sentencia que resuelve una demanda contra España de un camionero holandés a quien el juez Baltasar Garzón mantuvo más de tres años en prisión provisional en relación con el caso Nécora. El tribunal europeo ha decidido por unanimidad que tal prisión preventiva de un inculpado en un delito de narcotráfico a gran escala no vulnera el "derecho a ser juzgado en un plazo razonable o a ser puesto en libertad durante el procedimiento", reconocido por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.El demandante contra España -una vez rechazados sus recursos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional- fue el holandés Antonius Adrianus Van der Tang, detenido el 26 de mayo de 1989 por la Guardia Civil en Bayona (Pontevedra) con 1.300 kilos de hachís y una pistola. Dada la vinculación del caso con la operación Nécora, en octubre de 1990 la causa pasó a la Audiencia Nacional, en donde el juez Garzón mantuvo la situación de prisión preventiva del camionero durante más de tres años. Cuando fue puesto en libertad provisional se fugó.

El juez fue diligente

El Tribunal de Estrasburgo niega que la gravedad de los delitos que se imputaban a Van der Tang legitimaran, "por sí mismos", una "larga detención provisional". En cambio, resalta que la fuga del preso confirma la justificación que el juez Garzón esgrimió repetidamente para denegar la libertad solicitada, por el riesgo de huida. En cuanto a la duración del proceso, el tribunal estima que el caso Nécora era suficientemente complejo y que los jueces de la Audiencia Nacional "no han manifestado una ausencia de diligencia particular, a la vista de las dificultades inherentes a la investigación de infracciones de narcotráfico de gran envergadura, cometidas por organizaciones criminales".

La sentencia, notificada ayer en Estrasburgo por el presidente del tribunal, el noruego Rolv Ryssdal, se separa del criterio de la Comisión Europea de Derechos Humanos -órgano que actua de filtro respecto a los casos dirigidos al tribunal-, que expresó por 17 votos a 9 su opinión de que España violó el convenio europeo.

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